Boletín 1062

Mediante fallo de segunda instancia, Procuraduría sanciona a exdirector de Instituto Municipal de Reforma Urbana y Vivienda de Interés Social de Yumbo (Valle del Cauca)

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• El entonces gerente habría suscrito un convenio de asociación dentro en periodo preelectoral violando lo dispuesto en la ley de garantías electorales.
   

La Procuraduría General de la Nación confirmó en fallo de segunda instancia la suspensión del cargo e inhabilidad por un mes impuesta al señor Bernardo Pabón Cardona, en su condición de gerente general del Instituto Municipal de Reforma Urbana y Vivienda de Interés Social de Yumbo (Imviyumbo), como consecuencia de las irregularidades presentadas en la celebración irregular de un convenio de asociación.

El órgano de control estableció que el citado convenio de asociación suscrito con una fundación el 5 de octubre de 2009, se celebró dentro de los cuatro meses anteriores a la contienda electoral atípica para elegir alcalde municipal de Yumbo (Valle del Cauca), prevista para el 8 de noviembre de ese año.

Con su acción, el señor Pabón Cardona vulneró la prohibición contenida en el artículo 38 de la Ley 996 de 2005, que dispone que durante los cuatro meses anteriores a elecciones está prohibida la contratación directa y la celebración de convenios por parte de todos los entes del Estado para la ejecución de recursos públicos.

Para el Ministerio Público es claro que “a partir de la fecha en que se emitió el decreto 1335 de septiembre 21 de 2009, por medio del cual se convocó a elecciones para alcalde atípico en Yumbo, los entes del Estado a nivel local no podían realizar este tipo de procesos de contratación (…)”.

En consecuencia, con la suscripción del mencionado convenio el entonces gerente de Imviyumbo desatendió la prohibición establecida en la Ley y vulneró los principios de la función pública, concluyó el Ministerio Público. 
 

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