Boletín 039

PGN imparte directrices para garantizar derechos a la salud y a la resocialización en centros penitenciarios y carcelarios

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

Ante las deficiencias evidenciadas por la Procuraduría General de la Nación en los servicios de salud de las personas privadas de la libertad y ante las carencias de la política de resocialización para cubrir la totalidad de los internos, el procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado,impartió directrices para la protección de los derechos fundamentales de las personas privadas de la libertad.

Las disposiciones fueron presentadas por el jefe del Ministerio Público mediante una directiva dirigida al director del INPEC, al director general de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios SPC, directores, subdirectores, comandantes de guardia y vigilancia de los establecimientos penitenciarios y carcelarios del INPEC y directores de los establecimientos penitenciarios y carcelarios de las Fuerzas Militares y de Policía.

En este documento el Órgano de Control solicitó al INPEC que se atiendan y acaten todas las recomendaciones realizadas en el documento “Acción Preventiva de Seguimiento a la Política Pública de Prestación del Servicio de Salud de los Centros Penitenciarios y Carcelarios”.

El procurador general también instó a ese instituto para que este organismo exija a CAPRECOM la asignación de personal profesional especializado en la atención en salud de forma permanente y proporcional al número de internos de cada establecimiento, enfatizando en las urgencias médicas y odontológicas  y de otras especialidades tales como las relativas al personal femenino en los centros de reclusión femeninos.

Así mismo, solicitó a las autoridades penitenciarias que se disponga lo necesario para que se construya en cada establecimiento carcelario en donde no existan, áreas de sanidad adecuadas a los parámetros técnicos y estándares internacionales vigentes para la atención médica del personal recluso.

Estas áreas deberán estar dotadas, lo que incluye el instrumental suficiente y necesario y  los equipos necesarios para el desempeño eficaz del personal profesional de la salud.

En el caso de los centros penitenciarios donde existan las referidas áreas, es necesario que éstas sean debidamente remodeladas, adecuadas y habilitadas para las funciones correspondientes, con el fin de que obtener la aprobación para su funcionamiento por parte de las secretarías de Salud.

Así mismo, el jefe del Ministerio Público exhortó al INPEC para que adelante las siguientes acciones en materia de salud:

- Auditorías permanentes frente al cumplimiento del pago a proveedores y a la entrega de los medicamentos formulados a los internos.

- Auditorías permanentes tanto a los alimentos como a las empresas que suministran la alimentación a los reclusos.

- Diseño e implementación de un protocolo de traslados de internos para la atención médica para evitar retardos injustificados y pérdidas de citas médicas de los reclusos.

- Diseño e implementación de programas de prevención para reducir los elevados índices de morbilidad.

Con respecto a los procesos de resocialización  de las personas privadas de la libertad, la Procuraduría solicitó inicialmente al INPEC el acatamiento de todas las recomendaciones realizadas en el documento “Acción Preventiva de Seguimiento a la Política Pública de Resocialización en los Centros Penitenciarios y Carcelarios”.

Así mismo, dentro de los próximos tres meses deberán diseñarse planes y programas de trabajo y estudio,  acordes a una verdadera política de resocialización que cobije a todos los internos.

En concordancia con lo anterior, el INPEC deberá incluir dentro del reglamento el derecho de cada interno a acceder a un cupo de trabajo y estudio, “sin que ello implique para el recluso el agotamiento previo de trámites y exigencias no establecidas en las leyes”.

Es necesario que el INPEC genere fuentes de trabajo de diversa índole a fin de que cada recluso tenga derecho a acceder a un cupo de trabajo desde el momento en que ingresa al centro penitenciario y que le permita percibir ingresos, redimir pena y resocializarse, a excepción de quienes legalmente no están obligados a laborar.
 
El INPEC debe cumplir a cabalidad con los planes de reinserción y para que las actividades de trabajo y de recreación, deporte y cultura sean permanentes para lo cual es necesario que el instituto gestione los recursos necesarios para implementar una política en esa materia.

Por otra parte, el Órgano de Control hace un llamado para que este organismo “actualice sus reglamentos y protocolos, acogiendo en ellos las normas nacionales e internacionales sobre el trato a las personas privadas de la libertad, como también las decisiones de los fallos de tutela proferidos por la Corte Constitucional, en cuanto a calidad de vida de la población reclusa, especialmente respecto a la unidad familiar, la prevalencia de los derechos de los hijos menores de edad; para ello, se insta al INPEC para que a las personas condenadas se les asigne a establecimientos penitenciarios ubicados dentro de la jurisdicción de su núcleo familiar”.      

Por último, se solicitó a este instituto dar cumplimiento de las normas penitenciarias, el respeto de los derechos fundamentales de los internos, la implementación de programas de capacitación en derechos humanos, principios básicos para el tratamiento de los reclusos, derechos de los internos dirigidos a todos los servidores del INPEC, especialmente al cuerpo de custodia y vigilancia.

La Procuraduría, a través de su delegada para la Prevención en Materia de Derechos Humanos y Asuntos Étnicos, realizará el seguimiento al cumplimiento de la directiva expedida por el procurador general.

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