Boletín 003

PGN imparte instrucciones para vigilar cumplimiento de las normas sobre inhumaciones de personas fallecidas sin identificación

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

El procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado, instó a los personeros a adelantar las acciones correspondientes a fin de que las autoridades en el nivel local cumplan con las normas relativas a las inhumaciones de cadáveres no identificados.

A través de la resolución 525, expedida en el presente mes, el jefe del Órgano de Control impartió instrucciones precisas a los funcionarios del Ministerio público para que en ejercicio de sus competencias realicen el seguimiento y cumplimiento de la Ley 1408 de 2010 “por la cual se rinde homenaje a las víctimas del delito de desaparición forzada y se dictan medidas para su localización e identificación”; y la Resolución 5194 de 2010, expedida por el Ministerio de la Protección Social “Por la cual se reglamenta la prestación de los servicios de cementerios, inhumación, exhumación y cremación de cadáveres”.

La citada Ley reglamenta la forma en que deben ser enterrados los restos y cadáveres en los cementerios, determina aspectos como la documentación rigurosa que debe expedirse sobre su ubicación y la conservación y marcación de las tumbas, de acuerdo a los requerimientos que en ese sentido desarrollará la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas.

La citada Ley también establece que las secretarías de gobierno o la autoridad de gobierno correspondiente “asegurarán que en su jurisdicción no se usarán osarios comunes ni se destruirán o incinerarán cuerpos o restos de personas no identificadas y que no se inhumarán sin acta de levantamiento y examen médico legal”.

Los personeros deberán vigilar el cumplimiento de estas disposiciones así como de la resolución 5194 de 2010 y en el Código de Procedimiento Penal, el Código Penal Militar, la Ley 38 de 1993 y el Decreto 2418 de 2005, en las que se reglamentan aspectos relacionados con las inhumaciones, exhumaciones y la cremación de cadáveres o restos óseos humanos cuando se trate de personas fallecidas sin identificación. 

Finalmente, en virtud de la resolución emanada del despacho del procurador general, los personeros deberán presentar un informe semestral a la Procuraduría Delegada para la Prevención en Materia de Derechos Humanos y Asuntos Étnicos sobre el conocimiento que sobre inhumaciones y exhumaciones de cadáveres no identificados se realicen en el ámbito de su competencia.

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