Boletín 547

Por aparente adquisición de bienes y servicios sin proceso de selección alguno, la Procuraduría formuló pliego de cargos al actual alcalde municipal de Valle de San Juan (Tolima)

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

 

  • ·    Recientemente el ente disciplinador también le formuló cargos al burgomaestre y a la tesorera municipal de Valle de San Juan, Tolima, al parecer porque permitieron que un particular administrara recursos públicos sin que mediara formalidad alguna.

 

La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos disciplinarios en contra del actual alcalde municipal de Valle de San Juan, Tolima, Bernardo Peláez Suárez, por posibles irregularidades al autorizar avances de dineros para la adquisición de bienes y servicios sin que, aparentemente, se hubiese llevado a cabo proceso alguno de selección acorde con la normatividad contractual del Estado.

De igual forma, son objeto de investigación las presuntas irregularidades presentadas en la ejecución de dichos recursos en los bienes y servicios en cuestión, al no demostrarse la legalizado los mismos.

El Ministerio Público le endilga que mediante las resoluciones 223 del 15 de mayo de 2012 y 152 del 29 de marzo de 2012, autorizó avances a favor del señor Germán Villanueva Conde, secretario general de la Alcaldía Municipal de Valle de San Juan, por 4 millones de pesos para la compra de materiales de construcción, destinados a mantener el buen estado de la infraestructura de establecimientos educativos, y 3 millones 600 mil pesos para la compra y pago de vestuario, instrumentos y otros implementos destinados al grupo de danzas del municipio.

Aparentemente, dicho comportamiento fue cometido de manera indebida,  transgrediendo, presuntamente, el principio de transparencia de la contratación estatal, pues acorde al objeto y valor de los contratos debió haberse acudido a la modalidad de selección de mínima cuantía, tal como lo establece la ley para la adquisición de bienes y servicios de esta clase.

A Pelaez Suárez también se le reprocha que mediante Resolución 189 del 20 de abril de 2012, al parecer reconoció y ordenó pagar al mismo secretario general de la Alcaldía la suma de 944 mil pesos, como reintegro por el valor que él mismo había cancelado con recursos propios por el servicio de hospedaje y alimentación ofrecido en la Finca Hotel ‘El Samán’ a una delegación de la arquidiócesis que participó en una fiesta religiosa celebrada el 17 de marzo de 2012.

La falta se califica provisionalmente como gravísima, cometida con culpa gravísima.

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