Boletín 078

Por delito sexual, la Procuraduría General de la Nación destituye e inhabilita por 20 años, en fallo de segunda instancia, a docente del departamento de Caquetá

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• La sanción disciplinaria es por cometer acto sexual en menor de 14 años, abusando de su condición de docente.

La Procuraduría General de la Nación, a través de la Primera Delegada para la Vigilancia Administrativa, confirmó en su integridad, en fallo de segunda instancia, la decisión sancionatoria proferida en contra del señor José Ulises Peña, docente de la Secretaría de Educación Departamental del Caquetá, por cometer actos sexuales con menor de 14 años.

Dentro de los cargos imputados al disciplinado, está el haber incurrido en el delito de acto sexual en menor de 14 años, al realizar tocamientos en las partes íntimas de una infante de tan solo 9 años de edad, abusando de su condición de docente, cometiendo dichos actos en el aula de clases mientras se encontraba en legal ejercicio de sus funciones como tal.

Dicha conducta reprochable se enmarca en la falta disciplinaria gravísima a título de dolo por “realizar objetivamente una descripción típica consagrada en la Ley como delito sancionable a título de dolo”, como lo señala el artículo 38 de la Ley 734 de 2002.

En el fallo de primera instancia, ratificado en la solución del recurso de apelación, se señala que en las declaraciones de la menor de edad se había realizado una descripción clara de los hechos en diferentes oportunidades, tanto ante la Comisaría de Familia como ante el CTI de la Fiscalía, y que nunca se habían presentado contradicciones, lo cual ofrecía un alto grado de credibilidad, permitiendo señalar las circunstancias de hecho, modo y lugar.

La investigación disciplinaria contra el sentenciado inició con ocasión del informe presentado por el director de la institución para la cual labora el disciplinado, el Centro Educativo Campo Lejano del municipio de Solita, departamento del Caquetá.  

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