Boletín 090

Por desatender asuntos propios como representante del Ministerio Público, en fallo de segunda instancia Procuraduría sancionó a expersonera municipal de Andes (Antioquia)

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• La disciplinada omitió sus deberes al no dar trámite oportuno a los asuntos puestos en conocimiento de su despacho.


La Procuraduría General de la Nación confirmó en fallo de segunda instancia la decisión de suspender e inhabilitar por el término de diez meses a la señora Juliana Andrea Correa Castro, en su condición de personera del municipio de Andes (Antioquia) para la época de los hechos.

Los hechos investigados dan cuenta de cinco quejas de distinta índole  interpuestas por ciudadanos y de requerimientos elevados por la Procuraduría Provincial de Andes ante el despacho de la expersonera para ejercer supervigilancia administrativa a las referidas quejas, que no fueron atendidos oportunamente, a pesar de la insistencia de los solicitantes.

El órgano de control logró demostrar que la disciplinada actuó con voluntad para violar los deberes y las prohibiciones consagradas en la ley, sin tener consideración alguna por los usuarios que reclamaban sus servicios como representante de los intereses y derechos de la comunidad.

Con su comportamiento la exfuncionaria incurrió en falta disciplinaria grave cometida a título de dolo, tras vulnerar los artículos 34 y 35 de la Ley 734 de 2002, así como los artículos 169 y 178 de la Ley 136 de 1994.

Contra esta decisión proferida en primera instancia por la Procuraduría Provincial de  Andes y confirmada por la Procuraduría Regional de Antioquia no procede ningún recurso.

Finalmente, la Procuraduría precisó que “si al momento de hacerse efectiva la presente sanción, la disciplinada ya no se encontrare en ejercicio del cargo o cesara en el ejercicio del mismo durante la ejecución de la misma, se convertirá el término de suspensión o el que faltare en salarios de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 734 de 2002”.

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