Boletín 813

Por desconocer el régimen de inhabilidades e incompatibilidades, Procuraduría General de la Nación sancionó a concejal de Garagoa (Boyacá)

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• Decisión de primera instancia fue notificada en audiencia pública disciplinaria y al no presentarse recurso alguno el fallo quedó ejecutoriado.

 

La Procuraduría General de la Nación, a través de la Provincial Guateque, sancionó al señor Tito José Honorio Ávila Macías, en su calidad de concejal del municipio de Garagoa (Boyacá), con suspensión en el ejercicio del cargo por el término de tres meses, por haber desconocido el régimen de inhabilidades e incompatibilidades.
 
En el proceso disciplinario quedó probado que el cabildante tomó posesión del cargo de concejal de Garagoa (previa vacancia absoluta de un concejal del partido conservador) el primero de noviembre de 2013, y omitió advertir a la mesa directiva del Concejo Municipal sobre su condición como directivo y representante legal de la “Asociación de Usuarios del Acueducto de Calderas”, la cual presta el servicio público domiciliario de agua potable a los habitantes del mismo municipio.
 
La Procuraduría señala en su providencia que tal situación se encuentra claramente enmarcada como incompatibilidad en las leyes 136 de 1994 (referida a la modernización, organización y funcionamiento de los municipios) y 617 de 2000 (que aborda el fortalecimiento de la descentralización), donde se señala que los concejales no podrán ser representantes legales, miembros de juntas o consejos directivos, auditores o revisores fiscales, empleados o contratistas de empresas que presten servicios públicos domiciliarios o de seguridad social en el respectivo municipio.
 
Señala además el Ministerio Público que aunque el señor Ávila Macías adelantó actos tendientes a su retiro del cargo de representante legal de la citada asociación, este trámite no se finiquitó en la Cámara de Comercio.
La conducta fue calificada como grave, cometida a título de culpa grave. La decisión de primera instancia fue notificada en audiencia pública disciplinaria y al no presentarse recurso alguno el fallo quedó ejecutoriado.
 

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