Boletín 894

Por irregularidades de tipo contractual, en fallo de segunda instancia, Procuraduría sancionó a directora encargada de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos del Distrito Capital de Bogotá para el 2012

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

La Procuraduría General de la Nación suspendió por dos meses a la señora Carolina Abusaid Graña, directora encargada de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos del Distrito Capital de Bogotá (UAESP) por la suscripción irregular de prórrogas a los contratos celebrados con los concesionarios Lime, Aseo Capital, Ciudad Limpia y Atesa.

La disciplinada fue hallada responsable de suscribir, en agosto de 2012, varias prórrogas por tres meses a cuatro contratos de concesión del servicio público domiciliario de aseo en Bogotá que habían sido suscritos por la Uaesp el 7 de marzo de 2012 en el marco de la figura de urgencia manifiesta decretada por el director de ese organismo.  

Para el ente de control es claro que la señora Abusaid Graña vulneró la normatividad que regula la contratación estatal y la prestación del servicio domiciliario de aseo, por cuanto dichos contratos no podían tener una duración superior a los seis meses como lo señala la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, mediante una resolución expedida en el año 2001.   

Si bien la señora Abusaid Graña buscó garantizar la prestación del servicio de aseo en Bogotá a través de la figura de prórroga de los mencionados contratos, incumplió la regulación existente en esta materia.   

La falta fue calificada como grave a título de culpa grave pues si la entonces servidora hubiese obrado con el cuidado que le era exigible, habría revisado mínimamente los soportes de la contratación y se habría percatado de que un exdirector de la UAESP elevó una consulta en ese sentido a la Comisión de Regulación de Agua potable que se pronunció la imposibilidad de ampliar por más de seis meses la duración de los contratos suscritos al amparo de la causal de urgencia manifiesta.

Contra esta determinación disciplinaria procede el recurso de apelación ante la sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación. 

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