Boletín 885

Por posible afectación del derecho fundamental a la seguridad social, el procurador general de la Nación pidió a la Corte Constitucional seleccionar para revisión tutela interpuesta contra Cajanal

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

Por considerar que existen razones de importancia en relación con los derechos fundamentales de una pensionada docente a quien se le negó la solicitud de reconocimiento y pago de pensión de jubilación, el procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado, insistió ante la Corte Constitucional para la selección de acción de tutela instaurada contra Cajanal.

El 2 de octubre de 2010 la exprofesora elevó derecho de petición a Cajanal con el fin de obtener el reconocimiento y pago de pensión de jubilación como consecuencia de que prestó sus servicios en calidad de docente por el periodo comprendido entre 1962 y 1982.

Al resolver el recurso de reposición, Cajanal negó dicha solicitud pero ordenó el reconocimiento y pago de pensión gracia a favor de la peticionaria.

Los jueces de tutela negaron la protección del derecho con el argumento de que existe un mecanismo idóneo como la acción contenciosa administrativa y que no hay afectación del mínimo vital como consecuencia de que la entidad accionada reconoció la pensión gracia.

Para el Ministerio Público la acción contenciosa no resulta idónea para debatir los actos expedidos por Cajanal, como quiera que a la fecha la accionante cuenta con 89 años de edad y someterla a un proceso contencioso administrativo representa una medida desproporcionada en atención al promedio de duración de estos procesos.

De otra parte, frente al mínimo vital el procurador enfatizó que a la señora le fue reconocida una pensión mensual vitalicia de jubilación gracia en cuantía de siete mil 410 pesos ($7.410), suma que a simple vista resulta insuficiente si se tiene en cuenta sus condiciones personales y la imposibilidad de acceder al mercado laboral.
 

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