Boletín 995

Por posiblemente permitir el incremento injustificado del patrimonio de San Pablo (Bolívar), Procuraduría formuló cargos a exalcalde de ese municipio

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• Al parecer el entonces funcionario omitió reintegrar al Fondo Nacional de Regalías los recursos asignados en la vigencia 2011, tras la pérdida de ejecutoria de un proyecto de inversión para construcción de vivienda de interés social rural.

• La audiencia tendrá lugar en las instalaciones de la Procuraduría Provincial de Barrancabermeja el lunes 5 de diciembre de 2016 a partir de las 3:00 p. m.

 

Por posible omisión de sus funciones, la Procuraduría General de la Nación, convocó a audiencia pública al señor Cristóbal Vanegas Guarín, en su condición de alcalde municipal de San Pablo (Bolívar), para la época de los hechos. 

Al entonces mandatario se le cuestiona por presuntamente omitir el reintegro del valor correspondiente a los rendimientos financieros de los recursos del Fondo Nacional de Regalías (FNR) que fueron girados y asignados para llevar a cabo la construcción de viviendas de interés social rural dentro del proyecto de inversión denominado Porvenir Hachazo y Boca de las Pavas, en el periodo comprendido entre noviembre de 2011 y diciembre de 2012.

De acuerdo con la investigación adelantada, mediante acto administrativo 170 de 2015, el FNR declaró la pérdida de fuerza ejecutoria del proyecto cuyo valor ascendía a $1.153.750.000 y ordenó el reintegro de los recursos y sus rendimientos a las arcas del Departamento Nacional de Planeación, por su no ejecución dentro del plazo previsto. 

Para el ente de control el investigado podría estar incurso en la falta disciplinaria descrita en el artículo 48, numeral 3°, inciso 2 de la Ley 734 de 2002 por, supuestamente, “(…) Incrementar injustificadamente el patrimonio, directa o indirectamente, en favor propio o de un tercero, permitir o tolerar que otro lo haga”.

Así mismo habría vulnerado el Artículo 1° de la Resolución 38 de 2008 que establece como obligaciones de las entidades ejecutoras en su numeral 5° “Utilizar el recurso proveniente del Fondo Nacional de Regalías exclusivamente en la ejecución del proyecto, dando estricto cumplimiento a las condiciones financieras y técnicas establecidas para el proyecto aprobado” y, en su numeral 10° “Reintegrar a la Dirección de Crédito Publico y del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público los rendimientos financieros de conformidad con las normas que regulan la materia, así como los saldos no ejecutados”.

La falta endilgada al señor Vanegas Guarín fue calificada en esta etapa del proceso como gravísima a título de culpa gravísima, dada su posición jerárquica dentro del citado municipio y por desatención elemental del cuidado necesario que cualquier persona le imprime a sus actuaciones.

La audiencia se realizará en las instalaciones de la Procuraduría Provincial de Barrancabermeja el 5 de diciembre de 2016 a las 3 de la tarde. 

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