Boletín 831

Por presunta falsedad en documento público y peculado por apropiación, Procuraduría llevó a cabo audiencia pública a expersonero de Santa Bárbara (Santander)

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• Al parecer, el exfuncionario expidió irregularmente 41 resoluciones mediante las cuales autorizó el pago de unos viáticos a su favor por concepto de comisiones adelantadas en la ciudad de Bucaramanga.

La Procuraduría General de la Nación, a través de la Procuraduría Provincial de Bucaramanga, convocó a audiencia pública al señor Elkin Mauricio Ortega Barbosa, quien se desempeñó como personero de Santa Bárbara (Santander) para la época de los hechos, por presunta incursión en falsedad ideológica en documento público y peculado por apropiación.

De acuerdo con las pruebas recopiladas, durante el año 2015, para justificar su ausencia en el municipio dentro del horario laboral, el exfuncionario expidió 41 resoluciones en las que se otorgaba comisiones de servicio, las cuales, al parecer no tuvieron ocurrencia.

Para el ente disciplinario, el exservidor público pudo haber realizado las descripciones típicas previstas en el Código Penal Colombiano de peculado por apropiación y falsedad en documento público, toda vez que mediante las citadas resoluciones se exigía el pago de viáticos y gastos de transporte por comisiones fuera de la jurisdicción en cuantía superior a $14.000.000 de pesos, que le fueron pagadas con cargo al erario sin que tuviera derecho a tal reconocimiento.

Las faltas fueron calificadas provisionalmente como gravísimas cometidas con dolo, teniendo en cuenta que, al parecer, el expersonero no observó los principios que rigen la función pública, en particular el de moralidad, que demanda de los servidores del Estado un incuestionable comportamiento ético, moral y legal, y por el contrario, buscó satisfacer intereses personales diferentes a la buena marcha de la actividad pública.

A juicio del Ministerio Público, para el señor Ortega Barbosa, de profesión abogado, no eran extraños los fundamentos del buen proceder y el acato de la Constitución y la ley, que le obligaban a actuar dentro de un modelo ejemplar de conducta, en su calidad de agente del Ministerio Público y garante de los derechos de la comunidad.

Con el presunto comportamiento irregular endilgado, el investigado habría violado el Código Penal que en su artículo 397 considera incurso en peculado por apropiación al “servidor público que se apropie en provecho suyo o de un tercero de bienes del Estado o de empresas o instituciones en que éste tenga parte o de bienes o fondos parafiscales, o de bienes de particulares cuya administración, tenencia o custodia se le haya confiado por razón o con ocasión de sus funciones”.

La diligencia disciplinaria continuará el 8 de noviembre a las 8 de la mañana para la práctica de pruebas testimoniales. 

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