Boletín 390

Por presunta inobservancia de sus deberes, Procuraduría convocó a audiencia a exgerente del Hospital del Sur Gabriel Jaramillo Piedrahita de Itagüí (Antioquia)

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• La investigada habría omitido el pago oportuno y total de una decisión judicial, a pesar de que el valor total de la condena impuesta por el Tribunal Administrativo de Antioquia se apropió oportunamente.

• La audiencia se llevará a cabo en la sede de la Procuraduría Provincial del Valle de Aburrá el 20 de mayo de 2016, a las 9 de la mañana.

 

La Procuraduría General de la Nación escuchará en audiencia pública a la señora Gloria Patricia Valencia López, en su condición de gerente de la Empresa Social del Estado (ESE) Hospital del Sur Gabriel Jaramillo Piedrahita del municipio de Itagüí (Antioquia) para la época de los hechos, quien, al parecer, inobservó sus deberes como funcionaria pública.

De acuerdo con el auto de citación, se presume que la investigada omitió el pago oportuno de la sentencia S-04 No. 056 del 7 de marzo de 2014 proferida por el Tribunal Administrativo de Antioquia, en la cual se ordenó a la citada ESE pagar a favor de una ciudadana la suma de 130 salarios mínimos legales vigentes.

Aunque esta decisión judicial quedó ejecutoriada el 7 de abril de 2014, solo hasta el 29 de julio de 2015 se realizó una consignación equivalente a la mitad de la condena por parte de la institución hospitalaria por valor de $40.040.000.  Este trámite solo se realizó después de las peticiones de la afectada y su apoderada, y posterior a la radicación de la queja ante el Ministerio Público y a la gestión preventiva adelantada.

Es de señalar que para el día 30 de marzo de 2016 el pago no se había efectuado en su totalidad, a pesar de existir las apropiaciones presupuestales respectivas, con lo cual se superó el plazo fijado por la ley para el pago de sentencias. 

Entre las normas presuntamente violadas, la Procuraduría citó el artículo 192 del Código Procesal Administrativo y de lo Contencioso Administrativo que consagra: “(…) Las condenas impuestas a entidades públicas consistentes en el pago o devolución de una suma de dinero serán cumplidas en un plazo máximo de diez (10) meses, contados a partir de la fecha de la ejecutoria de la sentencia (…)”.

Provisionalmente la falta de la señora Valencia López fue calificada como grave cometida con culpa gravísima, teniendo en cuenta el perjuicio causado a la ciudadana afectada y el agravio al erario, puesto que su presunta omisión implicó el aumento del monto a pagar por parte de las arcas del municipio, en virtud de los intereses causados por mora.

Finalmente el órgano de control precisó que la entonces funcionaria puede ser asistida durante la diligencia por un abogado y solicitar o aportar las pruebas que estime pertinentes y conducentes para su defensa.

La audiencia se cumplirá el 20 de mayo de 2016, a las 9 de la mañana, en las instalaciones de la Procuraduría Provincial del Valle de Aburrá.

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