Boletín 998

Por presuntas irregularidades contractuales, Procuraduría formuló pliego de cargos a exalcaldes encargados del municipio de Solano (Caquetá)

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

La Procuraduría General de la Nación, a través de la Regional Caquetá, formuló pliego de cargos a la señora Marcela Barrios Facundo, quien para el mes de septiembre del año 2012 fue nombrada como alcaldesa encargada del municipio de Solano (Caquetá), y al señor Carlos Alberto Hernández Vargas, alcalde municipal encargado en el mes de octubre del mismo año, por presuntas irregularidades contractuales dentro de los contratos de prestación de servicios 095-2012 y 101-2012.

La Procuraduría logró establecer que la señora Barrios Facundo habría incurrido en falta disciplinaria como alcaldesa encargada, al celebrar el contrato de prestación de servicios No. 095-2012, como resultado de la contratación de mínima cuantía No. CMC-CPS-061-2012, que tenía como objeto, prestar servicios de limpieza en las zonas verdes y alrededores de las vías públicas de la cabecera municipal de Solano, ya que dicha contratación fue adelantada con una persona que al parecer se encontraba inhabilitada por tener un vínculo en segundo grado de consanguinidad con un concejal del municipio.

Asimismo fue señalado que las presuntas irregularidades en las que estaría involucrado el señor Hernández Vargas, alcalde encargado para el mes de octubre del año 2012, estarían relacionadas con el contrato No. 101 de 2012, que tenía por objeto, el servicio de manipulación de alimentos durante el segundo periodo académico del 2012, para los estudiantes del colegio Campo Elías Marulanda, de Solano (Caquetá), ya que habría sido suscrito con una persona presuntamente incursa en inhabilidad para contratar con dicho ente territorial, por ser un familiar en segundo grado de consanguinidad de un concejal del mismo municipio. 

El Ministerio Público señaló que al parecer  los exfuncionarios habrían abusado de su cargo y funciones al adelantar procesos contractuales con personas que se encontraban inhabilitadas.

Teniendo en cuenta los testimonios y los resultados de las pruebas adelantadas, para los dos casos registrados, la procuraduría calificó provisionalmente las faltas como gravísimas cometidas a título de culpa gravísima.

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