Boletín 940

Por presuntas irregularidades en contratación, Procuraduría profirió cargos contra director regional de la Agencia Logística del Ejército Nacional de los Llanos Orientales

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• La investigación también se adelanta en contra de los funcionarios que eran miembros del Comité Evaluador de Propuestas dentro del proceso de mínima cuantía No. 009-260 de 2013.

 

La Procuraduría General de la Nación, a través de la Regional Meta, formuló cargos al coronel Mervin Hernando Barón Castillo, en su condición de director Regional de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares para la época de los hechos, por presunta vulneración al principio de selección objetiva contemplado en el artículo 5 de la Ley 1150 de 2011.

El ente de control también profirió cargos contra los señores Giovanny Andrés Martínez, Edith Johanna García González, Martha Lucía Hernández Hernández y María Teresa Villamizar Benitez, miembros del Comité Evaluador de Propuestas dentro del proceso de mínima cuantía No. 009-260 de 2013.

La investigación busca establecer si los funcionarios incurrieron en falta disciplinaria por presunta participación en el proceso contractual cuyo objeto era “(…) la adquisición de contenedores plásticos con capacidad de 121 litros y bolsas industriales de igual capacidad para el manejo de residuos sólidos en los puntos ecológicos ubicados en las instalaciones de las unidades de negocio y/o servicios”, actuando con posible desconocimiento del Principio de Selección Objetiva que regula la contratación estatal.

En respuesta a esta convocatoria pública efectuada por la Agencia Logística, se presentaron cinco ofertas, de las cuales, una vez realizada la correspondiente evaluación jurídica y técnica, solo las sociedades KIOS S.A.S. y la Compuerta Distribuciones S.A.S., quedaron habilitados para la respectiva evaluación económica.

No obstante, el ente de control busca precisar las razones por las cuales el Comité al parecer, se abstuvo de evaluar la propuesta del oferente KIOS S.A.S., argumentando extemporaneidad de la justificación de los precios ofertados, cuando ni en el requerimiento hecho por la entidad, ni en el pliego de condiciones, ni en ningún otro documento se establecía el término alguno para tal efecto. 

Al parecer, en este proceso de contratación se vulneró el principio de selección objetiva pues aparentemente la escogencia del contratista no se ajustó a los criterios establecidos por la ley. Así mismo, es objeto de análisis por parte de la Procuraduría las razones por las cuales los investigados se sostuvieron en sus determinaciones de rechazar la propuesta presentada por la sociedad KIOS y adjudicar el contrato a la firma La Compuerta Distribuciones. 

La Procuraduría Regional Meta calificó provisionalmente la presunta falta como gravísima a título de culpa gravísima. 

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