Boletín 046

Por presuntas irregularidades en la celebración de un convenio de asociación, Procuraduría profirió pliego de cargos a exalcalde encargado de Barrancabermeja (Santander)

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• Al parecer el investigado, en su condición de alcalde (e), desconoció los procedimientos previstos para la escogencia del contratista, al adelantar el proyecto para el suministro de 26.000 refrigerios escolares para los niños de las escuelas oficiales de Barrancabermeja, que ascendía a cuatro mil millones de pesos.
 



La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos en contra de Jhon Manuel Delgado Nivia, exsecretario de Salud de Barrancabermeja (Santander), quien fue encargado como alcalde de esa municipalidad durante el año 2009.

Al parecer el investigado se extralimitó en el ejercicio de sus funciones al evadir el proceso de selección requerido para contratar el suministro del complemento alimentario de los niños de las instituciones educativas oficiales de Barrancabermeja, toda vez que al suscribir de manera directa el convenio 0237/09 con la cooperativa Colanta Ltda., Merquemos Juntos y AECOAL impidió que otros proponentes interesados presentaran ofertas.

De acuerdo con las pruebas aportadas a esta actuación disciplinaria el señor Delgado Nivia seleccionó una modalidad de contratación que no correspondía, pues celebró un contrato de suministro bajo la figura de “convenio de asociación”, para lo cual convocó solamente a tres empresas sin ánimo de lucro. Así mismo se le cuestionó el no haber verificado la idoneidad de los contratistas.

El convenio de asociación que ascendía a la suma de $4.838.295.819 fue suscrito en el año 2009 con el objeto de desarrollar y ejecutar programas de interés público, como es el fomento de las redes de apoyo social y productivo en aras de la elaboración, distribución y suministro del refrigerio escolar a estudiantes de 5 a 13 años de las escuelas oficiales del puerto petrolero.

Por considerar que el exmandatario (e) participó en la etapa precontractual en detrimento del patrimonio público o con desconocimiento  de los principios de la contratación estatal, el órgano de control calificó su falta, en esta etapa del proceso, como gravísima cometida a título de dolo.

El exalcalde (e) y/o su apoderado podrán presentar su versión oral o escrita acerca de los hechos que originaron la presente investigación, así como solicitar o aportar las pruebas que consideren pertinentes para su defensa.

La procuradora provincial de Barrancabermeja compulsó copias de esta actuación a esta misma provincial, para que se investigue a los funcionarios que tuvieron a cargo este proceso, por la presunta mora que originó la prescripción de la acción disciplinaria en la investigación adelantada con ocasión de la suscripción del convenio 0364 de 2008.

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