Boletín 797

Por presuntas irregularidades en materia contractual, Procuraduría convocó a audiencia pública a exsecretario de Salud de Santander

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• Al parecer el investigado no verificó los documentos previos que formaban parte de un convenio interadministrativo suscrito con el Hospital San Juan de Dios para construir la Fase I de Urgencias.

• La diligencia disciplinaria se cumplirá en la Procuraduría Regional de Santander el 12 de agosto de 2015, a partir de las 8:00 de la mañana.

 

La Procuraduría General de la Nación convocó a audiencia pública al señor Wilson Peña González, secretario de despacho del nivel directivo de la Secretaría de Salud de Santander para la época de los hechos, este miércoles 12 de agosto de 2015 a las 8:00 de la mañana, en las instalaciones de la Procuraduría Regional de Santander.

Al parecer, el implicado suscribió un convenio interadministrativo con la Empresa Social del Estado (E.S.E.) Hospital San Juan de Dios del municipio de Galán, Santander, con el objeto de construir la Fase I de Urgencias de la citada ESE, sin verificar que los estudios de oportunidad y conveniencia fueran completos, serios, suficientes y e idóneos, en cumplimiento de los mandatos legales.

A juicio del órgano de control el exfuncionario podría estar incurso en falta disciplinaria por presuntamente omitir la verificación de los documentos previos: estudios técnicos, jurídicos y financieros, que formaban parte del citado convenio, para asegurarse de que respondieran a las exigencias contractuales y de que contaran con una adecuada planeación que permitiera proteger los recursos del patrimonio público. 

La Procuraduría Regional de Santander cuestionó al entonces secretario de Salud departamental las repetidas suspensiones de las que fue objeto el mencionado contrato, tras evidenciarse deficiencias en los planos y en componentes técnicos de la construcción tales como: obras no previstas, cantidades de obra y en el presupuesto, circunstancias estas que habrían ocasionado dilación en la ejecución de la obra y modificaciones sustanciales en la distribución arquitectónica de la edificación.

En esta etapa del proceso el ente de control calificó provisionalmente la falta del investigado como gravísima cometida con culpa gravísima, por violación manifiesta de normas de obligatorio cumplimiento.

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