Boletín 373

Por presunto abuso de su cargo, Procuraduría convocó a audiencia pública a excomandante de la Estación de Policía de Caramanta (Antioquia)

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• Al parecer, en el 2014 el investigado concedió permisos a un recluso con detención domiciliaria para participar en actividades deportivas, sin estar autorizado para asumir estas funciones judiciales que le competen a los jueces de la República.

• La diligencia disciplinaria se cumplirá este martes 17 de mayo, a partir de las 9:00 a. m., en las instalaciones de la Procuraduría Provincial de Amagá.

 

La Procuraduría General de la Nación, a través de la Procuraduría Provincial de Amagá, convocó a audiencia pública este 17 de mayo de 2016, a partir de las 9 de la mañana, al señor Víctor Hugo Durán Gaviria, en su condición de comandante de la Estación de Policía de Caramanta (Antioquia) para la época de los hechos, por presunto abuso de su cargo.

De acuerdo con las pruebas recaudadas por la Procuraduría, en el 2014 el entonces funcionario autorizó, al parecer, varios permisos a un interno que tenía prisión domiciliaria para realizar actividades culturales, recreativas y deportivas, sin ser competente para ello.

Según lo señalado en el oficio proveniente del Juzgado Primero de Ejecución y Medidas de Seguridad de Antioquia, al máximo jefe del comando de Policía se le cuestiona por haber otorgado y avalado, entre otros, permisos los días martes, jueves y domingos para participar en partidos de fútbol de carácter social con personas que visitan la municipalidad.

Así mismo se le reprocha haber omitido poner en conocimiento de las autoridades competentes las diferentes conductas asumidas por el mencionado recluso, comportamientos estos que, además, fueron avalados por el mismo implicado.

En consideración de este despacho al sujeto disciplinable le asistía la obligación de actuar consultando el bien común y el bienestar de la comunidad; lo cual implicaba entre otros aspectos, consultar la situación al parecer planteada por el recluso ante las instancias correspondientes y no asumir competencia en esta clase de decisiones del ámbito judicial.

Consideró el ente de control que el máximo jefe del comando de Caramanta podría haber vulnerado el principio de la función pública, establecido en la Ley 489 de 1998, artículo 3°, que consagra la responsabilidad como “un valor que está en la conciencia de la persona, que le permite reflexionar, administrar, orientar y valorar las consecuencias de sus actos, siempre en el plano de lo moral. Uno de sus fines clásicos y tradicionales es servir de control o garantía para las situaciones jurídicas sustanciales de los administrados que sean lesionadas por un ente público en el ejercicio de sus competencias o en la prestación de los servicios públicos expresamente asignados por la Constitución o la ley”.

Las faltas atribuidas al exfuncionario fueron calificadas provisionalmente por la Procuraduría Provincial de Amagá como graves cometidas a título de culpa grave.

En ejercicio del derecho a la defensa que les asiste a los sujetos disciplinables, los investigados podrán solicitar o aportar las pruebas que estimen pertinentes y conducentes.

Finalmente, el Ministerio Público señaló que esta investigación se inició tras conocer un oficio del Juzgado Primero de Ejecución de Penas en el cual se solicita investigar la conducta del comandante de Policía de Caramanta. 

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