Boletín 1140

Por presunto incumplimiento de una decisión judicial, Procuraduría formuló cargos a exfuncionarios de la Empresa Fertilizantes Colombianos S. A de Barrancabermeja (Santander)

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

 Por presunto incumplimiento de una decisión judicial, Procuraduría formuló cargos a exfuncionarios de la Empresa Fertilizantes Colombianos S. A de Barrancabermeja (Santander)

 
  • Al parecer, los disciplinados incumplieron un fallo de tutela proferido por un Juzgado de Familia mediante el cual se ordenó el pago de la cuota alimentaria del hijo dependiente y estudiante de un trabajador de Ferticol. 
 
 
La Procuraduría General de la Nación formuló cargos contra los señores Jorge Enrique Silgado Florez y Vidal Corredor Reyes, en sus calidades de exgerente y excoordinador de Nómina de la Empresa Fertilizantes Colombianos S. A. (Ferticol) de Barrancabermeja (Santander), por el presunto incumplimiento del fallo de tutela proferido por el Juzgado Segundo Promiscuo de Familia del mismo municipio, al omitir la consignación oportuna de los dineros destinados a la manutención y subsistencia de un menor, a pesar de haber sido descontada al trabajador.
 
Los hechos endilgados están relacionados con la falta de supervisión, vigilancia y acatamiento de un decisión judicial de manera oportuna y efectiva, que ordenó deducir del salario de un trabajador de Ferticol una suma para ser consignada en una cuenta bancaria con destino a cubrir la cuota alimentaria definitiva, el 100% del auxilio educativo y el 100% de la beca estudiantil a su hijo dependiente económico, sin que este dinero se hubiese cancelado oportunamente.
 
Para el órgano de control, los investigados podrían estar incursos en falta disciplinaria por   haber asumido un comportamiento contrario a los principios éticos y morales que la sociedad no espera de quienes cumplen una función pública, máxime cuando se trata de la protección de los derechos fundamentales de los niños, que en virtud del mandato constitucional prevalecen sobre los derechos de los demás.
Entre las normas consideras como vulneradas la Procuraduría citó el Código de la Infancia y la Adolescencia que establece “Asegurar alimentos a los niños, las niñas y los adolescentes que se encuentren en procesos de protección y restablecimiento de sus derechos, sin perjuicio de las demás personas que deben prestar alimentos en los términos de la presente ley, y garantizar mecanismos efectivos de exigibilidad y cumplimiento de las obligaciones alimentarias”.
En esta etapa procesal la Procuraduría Regional de Santander calificó las faltas de los implicados como graves a título de culpa gravísima por desatención elemental de órdenes judiciales de inexcusable cumplimiento.
 
En ejercicio del derecho a la defensa que les asiste, los señores Silgado Florez y Corredor Reyes podrán solicitar o aportar el material probatorio que consideren pertinente.
 

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