Boletín 1029

Por presuntos sobrecostos en contratación, Procuraduría sancionó a exgobernadora (E) del Vichada, en fallo de primera instancia

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

 Por presuntos sobrecostos en contratación, Procuraduría sancionó a exgobernadora (E) del Vichada, en fallo de primera instancia

 
La disciplinada pagó un mayor valor en un contrato de suministro de elementos con destino a los internados administrados por el Vichada, conducta con la cual causó detrimento patrimonial a este departamento.
   
 
En decisión de primera instancia, la Procuraduría General de la Nación suspendió del ejercicio de su cargo por el término de dos meses, a la señora Fanny María González Mireles, en su calidad de gobernadora encargada del Vichada, para la época de los hechos, por la suscripción de un contrato de suministro con la Unión Temporal Víveres Vichada 2010-2011 en cuya ejecución se presentaron sobrecostos. 
 
El análisis comparativo que realizó el órgano de control en las mismas condiciones de calidad, cantidad y género, entre el valor comercial de los víveres, elementos de aseo y combustible para los internados administrados por el departamento de Vichada y el fijado en el contrato, muestra que existió un sobreprecio de los bienes objeto de compra. 
 
La Procuraduría resaltó que “si bien en la celebración de un contrato estatal se incurre en costos adicionales a los costos ordinarios que tiene un comprador particular, no era menos cierto que los costos sufragados en el asunto en examen, resultaron muy superiores a los cotizados aún sumados los costos adicionales de los tributos”. 
 
A juicio del ente de control, la disciplinada vulneró lo establecido en el artículo 209 de la Constitución Política, que establece “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización de funciones”.
 
La Procuraduría Delegada para la Moralidad Pública calificó la falta de la entonces gobernadora como grave cometida con culpa grave, toda vez que como ordenadora del gasto y responsable de la actividad contractual estaba obligada a verificar las condiciones en las cuales se comprometían los recursos públicos.
 
Finalmente advirtió el Ministerio Público, que contra esta decisión de primera instancia procede el recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación.
 
 

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