Boletín 135

Por solicitud de la Procuraduría General de la Nación, el Tribunal Superior de Barranquilla revocó el permiso de 72 horas que se le había otorgado al ex congresista Juan Carlos Martínez Sinisterra

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

Por no haber cumplido mínimo el 70% de la pena, el ex parlamentario Martínez Sinisterra, no podía gozar del permiso de 72 horas que le dio el penal de Barranquilla; fue el argumento de la Procuraduría.
La Sala Penal del Tribunal Superior de Barranquilla, al resolver el recurso de apelación interpuesto por la Procuraduría General de la Nación, revocó el permiso de 72 horas que un Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad le había concedido al ex senador de la República, Juan Carlos Martínez Sinisterra, desde el 28 de julio de 2011.
El Ministerio Público solicitó la revocatoria de este beneficio, argumentando que solo se puede conceder el permiso de salida de un penal, cuando el interno haya cumplido, mínimo, el 70% de la pena, condición que no reunía el ex funcionario.
El Tribunal acogió la solicitud de al Procuraduría, dejando claro que en los delitos de competencia de la justicia especializada, como el concierto para delinquir agravado, siguen vigentes los efectos de la Ley 504 de 1999, que exige que se haya redimido el 70% de la pena para tener derecho al permiso administrativo de 72 horas, máxime si los delitos se cometieron antes del 01 de enero de 2005 cuando entró a regir el nuevo sistema penal acusatorio.
El pasado 17 de noviembre, el mismo juzgado de Barranquilla había negado la solicitud de revocatoria solicitada por la representación de la sociedad, y contra esta decisión, el Ministerio Público interpuso el recurso de apelación que fuera resuelto favorablemente el 16 de febrero del presente año.
Contra la decisión no procede ningún recurso por tratarse de un auto dictado en segunda instancia.

 

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