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martes, 3 octubre 2017 12:10 PM

Prima de riesgo deberá incluirse en pensiones de exfuncionarios del DAS

 

Bogotá, 3 de octubre de 2017. Los detectives especializados, profesionales o agentes; criminalísticos especializados, profesional o técnico y conductores del desaparecido, Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, tienen derecho a que la prima de riesgo que percibían como salario sea incluida en la liquidación de sus pensiones.

Así lo estableció el Consejo de Estado al acoger la solicitud de la Procuraduría General de la Nación para que estas demandas sean tramitadas de manera unificada.

La sección Segunda determinó que la prima de riesgo sí constituye factor salarial al ser una retribución directa y constante a la que tenían derecho los funcionarios del DAS en atención a las características especiales de sus labores.

Para el procurador Tercero Delegado ante el Consejo de Estado, Virgilio Almanza Ocampo, era improcedente declarar el asunto cosa juzgada, como pretendía la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.

El tribunal acogió la petición hecha por Almanza Ocampo para que las siete demandas que reclamaban la reliquidación de la pensión, se aplicara la extensión de la jurisprudencia al considerar que se trataba de una sentencia que sí calificaba como de unificación.

La orden de extensión  del Consejo de Estado advierte que esta jurisprudencia debe ser tenida en cuenta en casos similares en los que se busque establecer el ingreso base de cotización y la liquidación prestacional de los servidores del DAS, conforme a la sentencia de unificación previa.

Para el Ministerio Público, y así lo confirmó el alto tribunal, el principio de cosa juzgada no opera para situaciones en las que se reclamen otros valores que constituyen salario.

La interpretación de la Procuraduría redunda en celeridad y economía procesal, y se verá  reflejada en un alivio al grave problema de congestión judicial que padece la administración de justicia.

JPM/jpm

PGN | Fecha Publicación: martes, 3 octubre 2017 12:10 PM

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