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jueves, 4 febrero 2016 03:46 PM

Problemática de los juzgados civiles y de familia había sido advertida por la Procuraduría General de la Nación

 

Teniendo en cuenta la problemática que se está viviendo en los juzgados civiles y de familia de Bogotá, donde los servidores judiciales persisten en el cese de actividades y la Fuerza Pública impide la entrada de los funcionarios a los despachos e intenta disolver las manifestaciones, como consecuencia de la entrada en vigencia del Código General del Proceso en todo el país a partir del 1 enero del 2016, la Procuraduría General de la Nación recuerda que dicha situación fue advertida desde finales del año pasado.

El Ministerio Público advirtió desde diciembre anterior al Ministerio de Justicia, Congreso de la República y a la Comisión de Seguimiento, los requisitos logísticos y tecnológicos necesarios para la entrada en vigencia de dicho Código, como parte de la “Acción Preventiva Integral para Promover el Acceso, la Eficacia y la Transparencia en la Justicia Civil”, en el marco del proyecto de “Seguimiento a la Implementación de la Oralidad, de la Descongestión y del Código General del Proceso en la Justicia Civil”.  

Algunas de ellas señalaban que era necesario satisfacer los requerimientos mínimos para acondicionar la puesta en marcha el Código General del Proceso, de tal forma que el acceso a la justicia hiciera referencia a “las posibilidades de las personas de obtener una respuesta satisfactoria a sus necesidades jurídicas y cuyo ámbito material de aplicación se delimitara al análisis del conjunto de derechos de los ciudadanos y la valoración de la naturaleza y extensión de la actividad pública y de los mecanismos o instrumentos jurídicos necesarios para garantizarlos”.

De igual forma, la Procuraduría exhortó al Congreso de la República para dar trámite prioritario al proyecto de Ley 078 de 2015, por medio del cual se buscaba prorrogar por un término razonable la entrada en vigencia de la oralidad y del Código General del Proceso en las áreas civil, familia, agraria y comercial; a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura o el Consejo de Gobierno Judicial y la Gerencia de la Rama Judicial, para adoptar las medidas tendientes a cumplir los requisitos constitucional y legalmente establecidos que permitan la adecuada implementación de la oralidad en esas materias.

Así mismo se sugirieron acciones como: Ejecutar el Plan Especial de Descongestión; aprobar e implementar los nuevos modelos de gestión, la estructura interna y el funcionamiento de los despachos, así como de las oficinas y centros de servicios judiciales, fortaleciendo los mecanismos alternativos de solución de conflictos, en particular, la conciliación; expedir los reglamentos necesarios sobre los asuntos de su competencia que guarden relación con las funciones atribuidas en este Código; crear y redistribuir los despachos judiciales, ajustar y expedir el nuevo mapa judicial y desconcentrar los servicios judiciales con base en la demanda y la oferta de justicia.

Esta intervención de tipo preventivo la realiza la Procuraduría con el fin de evitar la vulneración de derechos fundamentales de los usuarios actuales y potenciales de la justicia civil y de familia.

 

PGN | Fecha Publicación: jueves, 4 febrero 2016 03:46 PM

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