Boletín 693

Procurador Alejandro Ordóñez Maldonado presentó al ministro del Interior observaciones sobre las campañas a favor y en contra del plebiscito

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

 
En la carta enviada el día de hoy al jefe de la cartera del Interior y de Justicia, el procurador resalta que en la sentencia C-379 de 2016 la Corte Constitucional recordó la obligación legal de que las campañas deben iniciarse después de que el presidente de la República expida el decreto de convocatoria a las urnas.
 
•En ese sentido la Procuraduría le pidió al presidente Juan Manuel Santos que se abstenga de hacer cualquier tipo de campaña respecto del plebiscito, o instar a las autoridades públicas o particulares a hacerlas.  
 
El procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado, mediante carta enviada al ministro del Interior y de Justicia, Juan Fernando Cristo, le manifestó su preocupación frente a los postulados constitucionales, y en especial del principio democrático que debe regir a Colombia como República, relacionada con las campañas a favor del sí y del no en el plebiscito especial sobre el Acuerdo Final con las FARC-EP.
 
En la misiva, el jefe del Ministerio Público indica que no es respetuoso de la Constitución ni de la ley o de la jurisprudencia constitucional que se haga campaña o se afirme que los ciudadanos decidirán sobre la paz en general, o sobre el derecho a la paz, pues según la decisión de la Corte sólo se pronunciarán a favor o en contra de un acuerdo político adelantado por el presidente de la República y el secretariado del grupo guerrillero.
 
“Además que se podría confundir a los ciudadanos, aquella postura tiene como punto de partida la idea que mediante el plebiscito se puede reformar el orden jurídico constitucional en donde está reconocido el derecho a la paz, lo cual tampoco es cierto, pues el plebiscito no tiene efecto normativo alguno”, manifestó el doctor Ordoñez Maldonado en el escrito.
 
De igual forma, afirmó que resulta preocupante que por la fecha anunciada para la realización del plebiscito, sumado al hecho de que aún no se tiene el decreto de convocatoria por parte del presidente de la República, es posible que no se otorgue el tiempo suficiente para la realización de las campañas a favor por el sí y por el no y que esto se haga en igualdad de condiciones.
 
“Es inadmisible que, luego de tantos años de negociación y en atención a la magnitud y complejidad del texto acordado, el pueblo no tenga tiempo suficiente para discernirlo y la única campaña que en realidad se haga sea la que se adelante con el mero anuncio de la conclusión de los diálogos y firma de lo acordado o declaración bilateral del cese al fuego”, resaltó el representante del órgano de control.
 
La presente actuación la realiza el procurador general de la Nación en ejercicio de las funciones constitucionales para la vigilancia del cumplimiento de la carta política, las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos, así como defender los intereses de la sociedad y los derechos humanos.
 
 
 

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