Boletín 467

Procurador general de la Nación solicitó al presidente Juan Manuel Santos dar cumplimiento a lo ordenado respecto a la delimitación de las líneas de base del mar territorial

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• La solicitud se realizó so pena de iniciar una acción de cumplimiento al respecto.

• Con la omisión de su obligación,  el ejecutivo ha desprotegido a las comunidades del archipiélago de San Andrés y Providencia, así como la soberanía marítima de Colombia.

 

El procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado, solicitó al presidente Juan Manuel Santos dar cumplimiento a la Ley 10 de 1978 y el Decreto reglamentario 1946 de 2013 (modificado por el Decreto 1119 de 2014) para que, así, señale y publique los puntos y las líneas de base con las que se mide la anchura del mar territorial, la zona contigua y los espacios marítimos de las islas que conforman los territorios insulares de Colombia en el mar Caribe.

Pese a que hace casi cuatro décadas (en agosto de 1978) se promulgó la citada ley, hasta el momento el Gobierno Nacional no le ha dado cumplimiento a lo allí ordenado.

Por el contrario, el Gobierno actual expidió el Decreto reglamentario 1946 de 2013 estableciendo que en un máximo de tres meses contados a partir de su promulgación se debía publicar la cartografía náutica oficial de Colombia en la que se indicaran los puntos y líneas que exige la Ley 10 de 1978, a lo cual tampoco se le dio cumplimiento.

Es más, se pretendió derogar tácitamente la orden de publicación antes señalada mediante el Decreto 1119 de 2014, en donde se eliminó el término antes señalado, pero el cual se profirió seis meses después que se consumara el incumplimiento de lo allí ordenado.

Para el jefe del Ministerio Público no existe motivo para justificar que a la fecha de hoy no se haya realizado el señalamiento de los límites, y teniendo en cuenta el fallo de la Corte Internacional de Justicia a favor de Nicaragua y en contra de Colombia proferida en el año 2012, se hace imperioso que el Gobierno Nacional cumpla con lo ordenado por una ley de hace más de 37 años.

“Se ha incumplido el deber indicado a ciencia y paciencia y aún a pesar de la obligación histórica y política de protección que es debido cumplirle a la comunidad del archipiélago y al territorio nacional, lo cual resulta inadmisible”, explicó la solicitud de la Procuraduría, concluyendo que la derogatoria del plazo no es razón para que desaparezca el deber constitucional y legal de proteger las comunidades de San Andrés y Providencia, así como la soberanía marítima del país.

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