Boletín 213

Procuraduría General de la Nación, en fallo de primera instancia, destituyó e inhabilitó por 11 años al actual gobernador de Caquetá

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

•    La decisión disciplinaria fue dada a conocer en audiencia pública.

•    También fueron sancionados los secretarios de Salud y de Gobierno del departamento, así como la directora de Salud Pública de Caquetá.


Mediante fallo de primera instancia, la Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 11 años al actual gobernador del Caquetá, Víctor Isidro Ramírez Loaiza, por incurrir en falta disciplinaria en la modalidad de comisión por omisión, al no velar por el adecuado cumplimiento de las obligaciones en materia contractual, delegadas a sus secretarios de despacho en un convenio de asociación con una empresa privada.

Dicho convenio, número 009 de 2013, tenía por objeto “impulsar programas y actividades de interés público acordes con el Plan de Desarrollo Departamental 2012 - 2015”, y se suscribió eludiendo la aplicación de los procedimientos contractuales pertinentes, desconociendo los principios de transparencia, economía y responsabilidad en la contratación del Estado, así como del deber de selección objetiva, requerido en este tipo de contratos para la adecuada verificación de la idoneidad de la entidad privada, como en este caso, sin ánimo de lucro.

El fallo también cobija a los señores William Ramón Montoya, secretario de Salud; Luis Eduardo Campo Castillo, secretario de Gobierno; y Yina Paola Hoyos, directora de Salud Pública del mismo departamento, por infringir el artículo 48 del Código Disciplinario Único, al suscribir, en ejercicio de la atribución delegada por el gobernador de Caquetá, ese convenio con la firma Assistance International, bajo el esquema previsto por los artículos 355 de la Constitución y 96 de la Ley 489 de 1998, pese a que la naturaleza del contrato y el objeto del mismo no permitían acudir a tal tipo contractual.

De esta actuación, se deduce el desconocimiento de los principios de transparencia y responsabilidad que gobiernan la actividad contractual y la función administrativa, por lo que la autoridad disciplinaria procedió a sancionarlos con destitución e inhabilidad general por el término de 12 años para el caso del secretario de Salud y 13 años para el de Gobierno departamental; de igual forma, fue sancionada con suspensión del cargo e inhabilidad especial la señora Hoyos Ospina, en calidad de directora de Salud Pública, por faltar a sus deberes como supervisora del convenio.

La falta del mandatario departamental fue calificada como gravísima a título de culpa gravísima, y fue objeto de apelación por parte de los disciplinados, recurso que será resuelto por la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación.
 

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