Boletín 1057

Procuraduría General de la Nación, en fallo de segunda instancia, absolvió a la contralora municipal y a los 19 concejales de Villavicencio (Meta)

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• Se investigaban por haber nombrado y posesionado como contralora municipal de Villavicencio a Luz Victoria Leal Carrillo, pese a la presunta existencia de una causal de inhabilidad originada de un fallo de responsabilidad fiscal.

• El fallo de primera instancia los había sancionado con destitución e inhabilidad general por 10 años.

En fallo de segunda instancia, la Procuraduría General de la Nación revocó en su integridad la sanción impuesta en primera instancia en contra de la señora Luz Victoria Leal Carrillo en su condición de contralora municipal de Villavicencio, Meta, la cual consistía en destitución e inhabilidad general por el término de 10 años por la supuesta infracción de haberse posesionado en el cargo de contralora municipal pese a la existencia de una causal de inhabilidad originada de un fallo de responsabilidad fiscal.

De igual forma, el Ministerio Público resolvió el recurso de apelación presentado por los señores Oscar Armando Alejo Cano, Oscar Eduardo Apolinar Martinez, Alexander Baquero Sanabria, Miguel Giovanni Beltrán Knorr, Fabian Alberto Bobadilla Piedrahita, Carlos Alberto Carreño Pedraza, Walter Cock Echavez, Jorge Alejandro Hernandez Parrado, Stella Carolina León Tiria, Marco Aurelio López Lozada, José Yesid Morales Espitia, Jairo Narváez Falla, José Antonio Pérez Casiano, Ariel Roberto Rey Baquero, Mario Germán Rey Rey, José Manuel Sandoval Garzón, Martha Lucía Triana Vargas, Luís Fernando Vargas Peña y Héctor Fabio Vélez Bermudez, concejales del municipio de Villavicencio, quienes en primera instancia fueron hallados disciplinariamente responsables, por lo que fueron sancionados con destitución e inhabilidad de 10 años, sanción que fue revocada integralmente por la Procuraduría Primera Delegada para la Vigilancia Administrativa, absolviéndoles de la sanción.

Dichos concejales, fueron investigados disciplinariamente por la presunta responsabilidad de haber elegido a la señora Leal Carrillo en el cargo de contralora municipal, estando presuntamente inhabilitada para aspirar a este cargo por un fallo de responsabilidad fiscal que tenía de por medio.

El ente de Control logró comprobar que la señora Luz Victoria Leal, al momento de ser elegida y de posesionarse en el cargo, no se encontraba inhabilitada por el fallo de responsabilidad fiscal, ya que había realizado el pago íntegro del mismo, por lo tanto, la interpretación realizada en el fallo sancionatorio de primera instancia, correspondió a una interpretación extendida y amplia sobre la inhabilidad ocasionada por la declaratoria de responsabilidad fiscal, contradictoria y ya varias veces estudiada por la Corte Constitucional y por el Consejo de Estado.

Tanto para los concejales, como para la contralora municipal en cuestión, al ser absueltos de toda responsabilidad disciplinaria por los cargos endilgados, el Ministerio Público ordenó el archivo de las presentes diligencias.

. . . .

Noticias Relacionadas

 
×