Boletín 353

Procuraduría General de la Nación citó a audiencia pública a exalcalde de Guadalupe (Huila) y a exfuncionarios de la administración municipal para el año 2015

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

Por posibles irregularidades relacionadas con un proceso de selección abreviada, la Procuraduría General de la Nación citó a audiencia pública a los señores Charles Barrera Zúñiga, Carlos Arturo Martínez Arenas, María del Socorro Capera Núñez y María Otilia Fajardo Ome, en sus condiciones de alcalde, director del Departamento Administrativo de Planeación, secretaria de Hacienda y Comisaria de Familia del municipio de Guadalupe (Huila), respectivamente.

El objeto del proceso de selección era “la construcción a todo costo de la cubierta en guadua del polideportivo de la Institución educativa nuestra señora del Carmen –sede vereda El Recreo del municipio de Guadalupe”.
 
Esta diligencia de carácter verbal se adelantará en el despacho del Procuraduría Provincial de Garzón (Huila), ubicada en la calle 8 Nro.9-47, el día 10 de mayo de 2016 a las 10:00 de la mañana.  
 
De acuerdo con la investigación, el entonces alcalde habría adjudicado el proceso de selección abreviada a un consorcio que al parecer no cumplía con uno de los requisitos establecidos en el pliego de condiciones que le exigía a los proponentes, uniones temporales o consorcios “acreditar su inscripción en firme y vigente en el Registro Único de proponentes RUP”, pues para ese momento uno de los integrantes del consorcio no tenía firme ni vigente dicha inscripción. 
 
En ese sentido se pudo probar que “la firmeza y vigencia de su registro en el RUP, solo se dio hasta el día 20 de agosto de 2015, es decir, con posterioridad a la adjudicación del proceso contractual, puesto que la publicación del registro, se hizo el día 4 de agosto de 2015”.
 
El Ministerio Público señaló además que la secretaria de Hacienda, el director del Departamento Administrativo de Planeación y la comisaria de familia (integrantes del comité evaluador de este proceso contractual) habrían realizado la correspondiente evaluación de las ofertas, habilitando, al parecer, la propuesta del oferente que no cumplía con el requisito ya señalado.
 

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