Boletín 840

Procuraduría General de la Nación citó a audiencia pública a exsecretario de Desarrollo Social y exalcalde encargado del municipio de Santiago de Tolú (Sucre)

Fuente: PGN
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La Procuraduría General de la Nación citó a audiencia pública al señor Alfonso Ríos Bermúdez, en su condición de secretario de Desarrollo Social y alcalde encargado del municipio de Santiago de Tolú (Sucre) para la época de los hechos, quien no habría informado acerca de la inhabilidad que sobre él pesaba y que conllevaba su retiro inmediato del servicio.

La diligencia de carácter verbal se llevará a cabo el 3 de noviembre de 2016, a las 9:00 am,  en la Sala de Audiencias de la Procuraduría Provincial de Sincelejo (Sucre), ubicada en la calle 22 No. 16 – 20 Piso 2º de esta ciudad.

El Ministerio Público cuestiona la conducta del señor Ríos Bermúdez, quien al parecer omitió informar al jefe de la administración municipal que en su contra se había proferido una sentencia penal condenatoria que lo inhabilitó para ejercer cargos públicos desde el 14 de febrero de 2013 (fecha de su ejecutoria) hasta la fecha de su retiro efectivo el 23 de enero de 2014.

Esta omisión también se habría presentado durante más de 10 veces que el investigado fue designado como alcalde encargado, pues en estas oportunidades el disciplinado habría omitido informar al alcalde titular sobre la condena que pesaba en su contra y la cual tenía incidencia en su vinculación como alcalde encargado, al estar inhabilitado.  

El pliego de cargos señala además que el señor Ríos Bermúdez posiblemente incurrió en falta disciplinaria gravísima porque actuó como secretario de Desarrollo Social de Santiago de Tolú (Sucre) entre el periodo comprendido entre el 4 de abril de 2013 hasta el 23 de enero de 2014, pese a la inhabilidad sobreviniente derivada de la sentencia condenatoria proferida por el Juzgado Segundo Penal del Circuito Adjunto de Descongestión del Juzgado Segundo Penal del Circuito de Sincelejo. 

El Ministerio Público agregó que el funcionario habría incurrido en falta disciplinaria al desempeñarse como alcalde encargado en diferentes periodos a pesar de dicha inhabilidad. 

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