Boletín 1021

Procuraduría General de la Nación confirmó destitución a exdirector de núcleo de desarrollo educativo de Guapí (Cauca)

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• El investigado incurrió en el delito de falsedad ideológica en documento público.


Por haber consignado información falsa en una certificación a una docente y permitir con ello el debido incremento patrimonial de la misma, la Procuraduría General de la Nación confirmó la sanción de destitución e inhabilidad por el término de once años al señor Miguel Antonio Arrechea Banguera, en su condición de director de núcleo de desarrollo educativo del municipio de Guapí, Cauca, para la época de los hechos.

De acuerdo con la investigación, el señor Arrechea Banguera expidió una certificación en la que incluyó a la señora Trinidad Alicia Cuero Perlaza en la planta de docente del municipio  de Guapí, situación que no era cierta, toda vez que había sido trasladada desde el 20 de mayo de 2004 al municipio de Santander de Quilichao, Cauca.

Según las pruebas, se pudo establecer además que para el momento en que se expidió la certificación hacía más de dos años que la funcionaria había abandonado el cargo de docente en Santander de Quilichao y no prestaba sus servicios a ningún centro educativo del departamento de Cauca.

El Ministerio Público estableció que el implicado tenía conocimiento de las deficiencias administrativas en el trámite y formalización de los traslados de los docentes en la Secretaría de Educación Departamental del Cauca y en lugar de poner en advertencia a la administración del error en que estaba incurriendo con la citada docente al cancelarle unos salarios sin que hubiera laborado, desde enero de 2006 hasta agosto de 2008, no solo mantuvo el error sino que además la incluyó en la planta de personal de docentes con la certificación que expidió.

La Procuraduría Segunda Delegada para la Vigilancia Administrativa precisó que la relación sentimental del inculpado con la docente, quien es progenitora de la hija del inculpado, fueron tenidos en cuenta en la actuación por considerarse indicativos del conocimiento de la situación irregular de la profesora y de su intención de favorecer los intereses de dicha servidora.

Con esta conducta el investigado permitió el incremento patrimonial de la docente por lo que incurrió en concurso ideal de faltas, conductas que fueron calificadas como gravísimas cometidas a título de dolo.

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