Boletín 480

Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 16 años a exsecretario de Salud de Bogotá, Héctor Zambrano Rodríguez, por "carrusel de la contratación"

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

La Procuraduría General de la Nación, en fallo de primera instancia, sancionó con destitución del cargo e inhabilidad general para ocupar cargos públicos y contratar con el Estado durante 16 años, al señor Héctor Zambrano Rodríguez, en su calidad de secretario de Salud del Distrito de Bogotá para la época de los hechos, por encontrarlo responsable de la comisión de los delitos penales de cohecho propio e interés indebido en la celebración de contratos, en el caso conocido como "carrusel de la contratación".

Zambrano Rodríguez acordó con Emilio Tapia, Federico Gaviria e Hipólito Moreno, vinculados a los hechos de corrupción en la ciudad de Bogotá con dicho carrusel, una promesa remuneratoria del 10% del valor del contrato que buscaba que se le adjudicara la licitación para la prestación del servicio de ambulancias en la capital del país a la Unión Temporal Transporte Ambulatorio Bogotá.

Este comportamiento se adecua al tipo penal objetivo consagrado en el artículo 405 del Código Penal, que dice “cohecho propio: el servidor público que reciba para sí o para otro, dinero u otra utilidad o acepte promesa remuneratoria, directa o indirectamente, para retardar u omitir un acto propio de su cargo, o para ejecutar uno contrario a sus deberes oficiales, incurrirá en prisión”; configurándose de esta manera la falta gravísima consagrada en el artículo 48 del Código Disciplinario Único.
 
De igual manera, el disciplinado se interesó en forma indebida, en provecho propio y de terceros, en la adjudicación del proceso licitatorio en cuestión, direccionándolo para que finalmente fuera adjudicado a la Unión Temporal Transporte Ambulatorio Bogotá, mediante la resolución número 909 de 2009, que dio lugar a la firma del contrato entre el Fondo Financiero Distrital de Salud y tal empresa privada, cuyo monto fue superior a los 67.203 millones de pesos.
 
Para el Ministerio Público, el disciplinado era conocedor de la ilicitud de su comportamiento y con esto causó un gravísimo daño social, teniendo en cuenta que el comportamiento se relaciona con un derecho fundamental, el de la salud, y que se afectó la imagen de la Secretaría Distrital de Salud y del Distrito mismo.
 
Se indicó en el fallo que, como de la actuación desarrollada por el entonces secretario de despacho y de la valoración probatoria efectuada surgen elementos que comprometen penal y disciplinariamente a una serie de funcionarios públicos y privados, el ente de control ordenó la remisión de copias ante la Corte Suprema de Justicia, Sala Penal; Procuraduría Auxiliar para Asuntos Disciplinarios; Procuradurías Distritales de Bogotá y a la Fiscalía Tercera Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, para que adelanten las acciones a que haya lugar.
 

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