Boletín 310

Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos a exalcalde y exsecretario de Planeación del municipio de Ráquira (Boyacá)

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• El Órgano de Control investiga posibles irregularidades derivadas de la contratación.


Los señores Reyes Manuel Suárez Vega, exalcalde de Ráquira (Boyacá), y Carlos Arturo Pineda Forero, exsecretario de Planeación del mismo municipio, deberán responder disciplinariamente por presuntas irregularidades derivadas de la contratación.

Así lo consideró la Procuraduría General de la Nación al formular pliego de cargos en contra de los exservidores al encontrar que pudieron haber incurrido en falta disciplinaria al presuntamente haber fraccionado en varios negocios y  sin justificación válida, el objeto de un contrato de obra pública de menor cuantía.

Respecto del entonces alcalde, los hechos habrían ocurrido en el periodo comprendido entre el 22 de septiembre y el 22 de diciembre de 2008, al suscribir varios contratos de mínima cuantía, en los que al parecer se fraccionó la unidad de aquello que por su esencia y naturaleza, debió haber sido objeto de un solo negocio.

Para la Procuraduría Provincial Chiquinquirá, el señor Suárez Vega como responsable de la dirección y manejo de la actividad contractual y de los procesos de selección del ente territorial, habría injustificadamente desestimado el cumplimiento del deber de atender las normas rectoras de la contratación estatal e incumplido los principios de la función administrativa y de la contratación pública, por lo que calificó provisionalmente la falta como gravísima cometida a título de culpa gravísima.

En cuanto al señor Carlos Arturo Pineda Forero, exsecretario de Planeación, encontró que pudo incurrir en falta disciplinaria gravísima a título de dolo, en el periodo comprendido entre el 18 de enero y el 17 de diciembre de 2008, cuando participó en la etapa precontractual de tales procesos, suscribiendo los estudios de conveniencia y oportunidad, en los que sin válida justificación habría planteado el trámite por la modalidad de mínima cuantía, cuando por  sus características y naturaleza, dichos contratos debieron ser objeto de un solo negocio que debió tramitarse mediante el procedimiento selección abreviada de menor cuantía.
 

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