Boletín 786

Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos al actual alcalde de Filadelfia, Caldas.

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

 •Al funcionario se le endilga una presunta participación en política y utilizar de forma indebida donaciones del Estado, durante la temporada electoral del 2007, fungiendo en ese entonces también como mandatario de Filadelfia, Caldas.

 
La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos al actual alcalde municipal de Filadelfia, Caldas, Román Aristizábal Vasco, por haber hecho entrega, presuntamente, mercados y otros elementos donados por Acción Social en plena época preelectoral de 2007, con el fin de hacer proselitismo político a favor del candidato a la alcaldía Hérman Zuluága Serna y María Enidia Ríos, candidata a la Asamblea Departamental de Caldas y esposa del burgomaestre.
 
 Tales mercados y demás elementos fueron entregados a la población en julio de ese año, cuando dichas donaciones se allegaron por el programa presidencial a la administración municipal en el mes de mayo, los cuales debieron ser distribuidos solamente entre la población pobre y vulnerable, como lo señala las resoluciones 3444 de marzo 26 y 5170 de mayo de 2007, hecho que aparentemente no se dio, ya que el señor Aristizábal Vasco lo hizo en forma indiscriminada a ciudadanos que no cumplían dichos requisitos, como algunos funcionarios que laboraban en la administración, quebrantando posiblemente los principios de la actuación administrativa.
 
 De igual forma, se le imputó el cargo de participar, posiblemente, en actividades políticas a favor de los candidatos Zuluaga Serna a la alcaldía y de su cónyuge Ríos Naranjo a la Asamblea Departamental de Caldas. Asimismo, presuntamente realizó reuniones donde convocó a los líderes comunitarios de las veredas, en las que exaltaba las cualidades de los candidatos, en especial el candidato a la alcaldía, al manifestar en su favor que “sería la persona que interpreta los deseos renovadores de su administración” e invitando a votar por los citados candidatos.
 
Para el Ministerio Público el mandatario, quien ha ocupado esta dignidad en cuatro periodos, “ha debido atender las prohibiciones a su cargo de manera cabal, ya que como alcalde municipal le está vedada su participación en política, condición restrictiva que sólo puede aplicarse a quienes ha señalado de manera específica el constituyente, en tanto existe una prohibición establecida en la ley disciplinaria que prohíbe a los servidores públicos participar en actividades de partidos y movimiento políticos, en controversias y de utilizar bienes del estado para obtener votos a favor de los candidatos de su partido o predilección”, según el auto emitido por la Procuraduría Provincial de Manizales, Caldas.
 
La falta que se le endilga al señor al señor Aristizábal, se encuentra taxativamente señalada en el artículo 48 del Código Disciplinario Único, que hace relación a las faltas gravísimas.
 

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