Boletín 990

Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos al gerente del Hospital Departamental de Granada (Meta)

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• Al parecer el funcionario ha incumplido una decisión judicial que fue confirmada en segunda instancia por el Tribunal Contencioso Administrativo del Meta.
 



La Procuraduría General de la Nación, a través de la Regional Meta, formuló pliego de cargos contra el gerente del Hospital Departamental de Granada, Jorge Ovidio Cruz Álvarez, por la presunta omisión de una sentencia judicial.

Hechos investigados

El 20 de abril de 2010, en decisión de primera instancia, el Juzgado Sexto Administrativo del Circuito de Villavicencio ordenó el reintegro de la señora Rosa Judith Polanco al cargo que antes desempeñaba (técnico en laboratorio clínico) o a otro de igual categoría y remuneración para el Hospital Departamental de Granada, sentencia que fue confirmada por la sala del Tribunal Contencioso Administrativo del Meta.

La funcionaria había sido despedida injustamente, y al parecer el actual gerente del Hospital Departamental se ha sustraído a cumplir la decisión judicial para reintegrar a la señora Polanco. Señala el auto de cargos que el investigado ha contado con el tiempo necesario para acatar el mencionado fallo, pero se ha negado aduciendo que el cargo fue suprimido.

La Procuraduría practicó visita especial a la ESE Hospital Departamental de Granada, en la cual se verificó que por parte del gerente no se ha presentado a la Junta Directiva de la entidad la solicitud de creación del cargo de la señora Rosa Judith Polanco, con el fin de dar cumplimiento a la sentencia  judicial.

El Ministerio Público reitera en el auto de cargos que todos los funcionarios públicos, así como todas las personas, públicas y privadas, tienen el deber y la obligación legal de acatar los fallos judiciales, sin poner en tela de juicio su conveniencia u oportunidad, resultando solamente necesario que la decisión sea expedida por un juez de la República para que sea de obligatorio cumplimiento por quienes se encuentran vinculados, más cuando estas convalidan y reconocen garantías constitucionales como en este caso. La falta fue calificada provisionalmente como grave, cometida a título de dolo.
 

. . . .

Noticias Relacionadas

 
×