Boletín 525

Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra exalcalde de Palmira (Valle del Cauca)

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra los señores Raúl Alfredo Arboleda Márquez, en su calidad de alcalde municipal de Palmira (Valle del Cauca), y Fernando Mauricio Rojas Figueroa, en su calidad de secretario jurídico de esa entidad, por posibles irregularidades presentadas en contratación.

 
De acuerdo con la investigación, el exmandatario habría incurrido en falta disciplinaria al celebrar tres contratos adicionales y un otrosí al contrato suscrito por la Alcaldía para la prestación de servicios profesionales para defender judicialmente los intereses del municipio de Palmira ante las demandas de nulidad y restablecimiento del derecho por los exfuncionarios desvinculados de la administración central, la Contraloría, la Personería y el Concejo Municipal, como resultado de la reforma administrativa adelantada por dichas dependencias.  
 
Al parecer el señor Arboleda Márquez adicionó actividades no planeadas inicialmente, modificó de igual manera el plazo y el valor convenido inicialmente y posteriormente cambió el objeto del contrato de prestación de servicios a contrato de consultoría, con lo que presuntamente violó la Constitución Política y la Ley 80 de 1993.
 
Igualmente se elevó pliego de cargos al señor Fernando Mauricio Rojas Figueroa, quien en su calidad de secretario jurídico de Palmira (Valle del Cauca) habría intervenido en la celebración de los contratos adicionales y el otrosí.
 
Al parecer, las partes adicionaron al contrato inicial actividades como la defensa de la entidad territorial en cuanto a las acciones de tutela y cumplimiento que fueran presentadas por los exfuncionarios y que tuviesen relación directa con la implementación de la citada reforma administrativa; habrían establecido además una adición total del valor del contrato del 81%; y, mediante el otrosí, se habría incorporado una actividad propia de un contrato de consultoría, que no puede entenderse similar a un contrato de prestación de servicios profesionales, pues el proceso de selección del contratista es totalmente diferente.
 

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