Boletín 009

Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra exgerente del Instituto Municipal del Deporte y la Recreación de Ibagué

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• La necesidad de contratar los estudios y diseños para la construcción, adecuación y remodelación de los escenarios deportivos surge a partir de la designación de Ibagué como una de las sedes de los XX Juegos Nacionales y IV Paranacionales 2015.

• Para dar cumplimiento a dicho evento deportivo, el Consejo Directivo del IMDRI autorizó al gerente de dicho instituto para celebrar los señalados contratos.

 

La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra el señor Carlos Heberto Ángel Torres, en su condición de gerente del Instituto Municipal del Deporte y la Recreación de Ibagué (IMDRI), por posibles irregularidades de carácter contractual en el marco de los XX Juegos Nacionales y IV Paranacionales. 

La investigación señala que al parecer el 25 de noviembre de 2013 el entonces gerente de IMDRI habría suscrito y ejecutado el contrato de consultoría para adelantar los estudios y diseños para la construcción, adecuación y/o remodelación de varios escenarios deportivos para la ciudad de Ibagué sin contar con la interventoría correspondiente para garantizar su correcta ejecución. 

A juicio del Ministerio Público el investigado habría desconocido los principios de moralidad y responsabilidad que rigen la función administrativa y regulan la contratación estatal. 

Se investigan además los hechos relacionados con la celebración de un contrato de prestación de servicios, el 21 de enero de 2014, que tenía por objeto el acompañamiento y apoyo técnico a la supervisión del contrato de estudios y diseños ya mencionado en el cual se habría eludido el proceso de contratación regulado por la Ley 80 de 1993, pues, a juicio de la Procuraduría, este debió realizarse bajo otro esquema de negocio jurídico y a través de un proceso de selección reglado como el concurso de méritos o mínima cuantía.   

Se cuestiona además la suscripción de este contrato de consultoría, celebrado en enero de 2014, por parte del señor Ángel Torres pues al parecer “el objeto acatado no podía desarrollarse jurídicamente, pues de admitirse este negocio jurídico estaríamos frente a la contratación de una persona para que apoye a un contratista, situación que no ha sido prevista en el estatuto anticorrupción”.

Para el órgano de control con esta conducta el servidor habría incumplido los requisitos establecidos en el estatuto de contratación y las demás normas concordantes con la contratación estatal.  

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