Boletín 663

Procuraduría General de la Nación insiste a la Corte Constitucional en la selección de tutela contra Alcaldía de Ciénaga, Magdalena

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

El procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado, insistió ante la Corte Constitucional para la selección de dos acciones de tutela interpuestas contra la Alcaldía Municipal de Ciénaga, Magdalena, a fin de que se revise el contenido de los expedientes y se logre la unificación ante pronunciamientos contradictorios.

El caso objeto de análisis corresponde a la presunta transgresión del debido proceso en que habrían incurrido el alcalde municipal y el inspector de policía de Ciénaga, Magdalena, al tramitar la querella de lanzamiento por ocupación de hecho de más de 60 familias en predio rural, sin los requisitos establecidos para tal efecto en el artículo 7 del Decreto 747 de 1992.

En este caso, pese a existir los mismos hechos jurídicos y probatorios, los jueces llegaron a conclusiones contradictorias. En primer  término, en el expediente 3431478, en primera instancia se tuteló del derecho fundamental al debido proceso, se ordenó reiniciar la actuación administrativa y restituir materialmente la posesión, mientras que en segunda instancia se revocó la decisión y se declaró improcedente la acción de tutela.

Por su parte, en el expediente 3440281, el juez de primera instancia concedió la acción de tutela y ordenó rehacer el procedimiento policivo de lanzamiento por ocupación de hecho, y en segunda instancia se confirmó la decisión.

Para el Ministerio Público, se presentan pronunciamientos heterogéneos que generan incertidumbre, no solo para las familias desalojadas sino para las mismas autoridades que deben intervenir en el trámite de querella, por lo que se requiere la unificación  de criterios frente a diferentes pronunciamientos.

El procurador general de la Nación señaló que no es razonable sostener que los tutelantes, bajo el mismo supuesto fáctico jurídico y probatorio, en unos casos obtengan fallos favorables y en otros desfavorables, por lo cual es de relevancia la revisión de los fallos por parte del Alto Tribunal.

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