Boletín 224

Procuraduría General de la Nación le solicitó al Consejo Nacional Electoral abstenerse de declarar elección de minorías afrodescendientes para la Cámara de Representantes

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• Registro de minorías ante la Dirección de Etnias del Ministerio del Interior se adelantó con base en una norma declarada inexequible por la Corte Constitucional.


La Procuraduría General de la Nación, a través de la Comisión Nacional de Control y Asuntos Electorales, le formuló al Consejo Nacional Electoral una petición en el sentido de abstenerse de declarar la elección de los ciudadanos María del Socorro Bustamante y Moisés Orozco para la circunscripción de minoría étnica como representantes a la Cámara.

En comunicación dirigida al presidente del alto tribunal, magistrado Pablo Guillermo Gil de la Hoz, este organismo de control argumenta que la Corte Constitucional ha señalado la importancia de garantizar  que  las  minorías  étnicas tengan  una  autentica representación, con ciudadanos que en realidad pertenezcan a este tipo de comunidades, las cuales tienen protección especial. El Ministerio Público evidenció que el registro de minorías ante la Dirección de Etnias del Ministerio del Interior se adelantó con base en el artículo 28 de la Ley 1475 de 2011, norma declarada inexequible por la Corte.

Con  el  objeto  de  garantizar  que  la  representación  parlamentaria sea  coherente  con  el  origen  de  la  personería y la naturaleza del movimiento o partido político, el alto tribunal constitucional ha garantizado que quienes obtienen personería jurídica por el régimen especial participen  en  esas  circunscripciones  electorales,  y  quienes tienen personería  jurídica  por  el  régimen  ordinario  participen sólo en ésta circunscripción, situaciones  que  exclusivamente  se  presentan  en  las  elecciones  para el  Congreso  de la  República.

La Procuraduría General de la Nación y la Comisión Nacional de Control y Asuntos Electorales han requerido al Ministerio del Interior para que, previa la promoción para garantizar el derecho fundamental de la consulta previa, se presente el respectivo proyecto ante el legislativo que permita y garantice la participación de las minorías étnicas en las corporaciones públicas de elección popular.

Este organismo de control considera que al permitir la inscripción de un sinnúmero de listas para la circunscripción de minoría étnica, la Organización Electoral vulneró directamente el Articulo 263 de la Constitución, que señala que para todos los procesos de elección popular los partidos y movimientos políticos deben presentar listas y candidatos únicos.
 

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