Boletín 1270

Procuraduría General de la Nación presenta hoy informe de vigilancia superior sobre el Programa de Adopción

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

La Procuraduría General de la Nación, a través de la Delegada para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la Adolescencia y la Familia, presenta hoy el Informe de Vigilancia Superior sobre el Programa de Adopción a partir de las 8:30 a.m. en la Sala de Audiencias de la sede central de la Entidad. 

Este informe es el resultado de las Visitas Especiales que este órgano de control realizó en abril y julio del presente año a la Sede Nacional y Regional Bogotá del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y a las cinco instituciones autorizadas para desarrollar el Programa de Adopción con sede en Bogotá: Fundación para la Asistencia de la Niñez Abandonada (FANA), Centro para el Reintegro y Atención del Niño (CRAN), Fundación Los Pisingos, Fundación Casa de la Madre y el Niño y Asociación de Amigos del Niño “Ayúdame”.

El propósito de la visita fue verificar que el ICBF cumpla con sus obligaciones constitucionales y legales como autoridad central en materia de adopción y de coordinador del desarrollo del Programa de Adopción en el ámbito nacional e internacional, y comprobar la observancia por parte de las instituciones de los lineamientos técnicos expedidos por el ICBF sobre el Programa de Adopción, mediante el que se preserva el derecho de los niños, niñas y adolescentes de crecer en el seno de una familia.

Resaltará el Ministerio Público la relevancia que tiene la figura jurídica de la adopción, contemplada en el Código de la Infancia y la Adolescencia como una medida de protección mediante la cual se establece de manera irrevocable la relación paterno filial entre personas que no la tienen por naturaleza y que como acto jurídico está relacionado con un (i) derecho entendido como un bien debido y exigible del niño, la niña y del adolescente, en su condición de persona, a tener una relación paterno-filial, pues se les reconoce su derecho de tener una familia, y a los que la tienen a no ser separados de ella; (ii) como una medida de protección que extingue todo parentesco de consanguinidad después de adoptada la medida de restablecimiento de derechos -declaratoria de adoptabilidad-; (iii) como manifestación de un servicio público que debe prestarse con responsabilidad y bajo la supervisión del Estado y (iv) como un programa para restablecer el derecho del niño, la niña o del adolescente a tener una familia.

El aludido informe consta de cinco partes: en la primera se enuncia el marco jurídico de la adopción; en la segunda se hace referencia al Programa de Atención Especializada en la Modalidad de Diagnóstico y Acogida a cargo de las instituciones autorizadas para desarrollar el Programa de Adopción que operan en Bogotá; en la tercera se desarrolla el Programa de Adopción; en la cuarta se indican datos relativos a las mencionadas instituciones autorizadas, y en la quinta parte se presentan las observaciones y las recomendaciones al ICBF.
 

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