Boletín 1172

Procuraduría General de la Nación solicitó a la Corte Suprema de Justicia revisar las sentencias que absolvieron a tres miembros del Ejército por el presunto homicidio de un ciudadano y lesiones de tres civiles en Barrancabermeja (Santander)

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• Por violación de los Derechos Humanos por parte de tres soldados del Ejército Nacional que ejecutaron una persona y lesionaron a tres más, una de estas menor de edad.

La Procuraduría General de la Nación instauró acción de revisión ante la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, pidiendo la nulidad del proceso que culminó en las sentencias proferidas por la Corte Marcial del Juzgado Segundo de División y el Tribunal Superior Militar, en las que se absolvió al teniente del Ejército Nacional Hernán Carrera Sanabria y a los soldados profesionales Alexander Bonilla Collazos y Jorge Armando Cruz Gonzalez, adscritos al Batallón de Artillería Nueva Granada, por aparente responsabilidad de la muerte del señor Leonel de Jesús Isaza Echevery y las lesiones personales causadas a las civiles Hermencia Pinzón, María Fredesvinda Echeverry de Isaza y una menor de edad, ocurridas el día 16 de abril de 1993 en el municipio de Barrancabermeja, Santander.

Para este fin, el Ministerio Público ha considerado el informe presentado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en Abril de 2001, donde se concluyó que “el 16 de Abril de 1993 miembros del Batallón Nueva Granada del Ejército Nacional Colombiano ejecutaron al señor Leonel de Jesús Isaza Echeverry en su vivienda, sin motivo aparente y mientras se encontraba en total estado de indefensión”, aclarando la Procuraduría que dicha ejecución, en las circunstancias relatadas, constituye una seria violación del artículo 4 de la Convención Americana que señala que “Toda persona tiene derecho a que se respete su vida (…) Nadie puede ser privado de su vida arbitrariamente”.

Con estos hechos, se evidencia una violación de los derechos consagrados en los la Convención Americana sobre Derechos Humanos, relacionados con la vida y la integridad personal, lo cual fue objeto de decisión absolutoria del Tribunal Superior Militar en la sentencia ejecutoriada, ya que en una decisión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos se estableció un incumplimiento de las obligaciones del Estado de investigar seria e imparcialmente violaciones al DIH.

En su solicitud, la Procuraduría hace énfasis en el pronunciamiento de la Comisión Interamericana de DDHH, que examinó las pruebas aportadas, las controvirtió ampliamente y puso en tela de juicio, tanto la actuación procesal, por no haberse adelantado ante un tribunal independiente y autónomo, como la decisión que le puso punto final a favor de los militares enjuiciados.

Finalmente, el Ministerio Público solicitó la nulidad de la actuación procesal desde el cierre de investigación y que se ordene remitir la actuación a la Fiscalía, que debe ser el competente para conocer de esta violación de los Derechos Humanos.
 

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