Boletín 334

Procuraduría General de la Nación solicitó a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia casar la sentencia de segunda instancia que condenó al general (R) Jaime Humberto Uscátegui

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

La Procuraduría General de la Nación rindió concepto positivo ante la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, respecto a la demanda de casación que en favor del brigadier general del Ejército, en retiro, Jaime Humberto Uscátegui Ramírez, presentara la defensa, dentro del proceso que se adelanta con relación a la masacre perpetrada en Mapiripán, Meta, en julio de 1997 por grupos armados de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC).

Al militar, el Tribunal Superior de Bogotá, en fallo de segunda instancia proferido en noviembre de 2009, lo condenó a la pena principal de 40 años de prisión, multa de 10 millones de pesos y 10 años de inhabilidad para el ejercicio de derechos y funciones públicas como coautor del delito homicidio agravado en concurso homogéneo y sucesivo, revocando el fallo de primera instancia que ordenaba la absolución de Uscátegui Ramírez por dichos hechos.

En su solicitud, el Ministerio Público pidió a la Corte casar la sentencia de segunda instancia, porque la competencia funcional y territorial sobre la población de Mapiripán no recaía en la Brigada Militar que regentaba el general (R) Uscátegui Ramírez, por tanto no se acreditó en concreto su posición de garante, además de que existió una connivencia entre las AUC y los militares presentes en los hechos, por lo que era indiferente o ninguna incidencia tenía la discusión sobre la jurisdicción, o sobre una comunicación al mismo oficial que lo único que buscaba era trasladarle la responsabilidad.

En síntesis, consideró la Procuraduría que el Tribunal omitió el análisis de pruebas que tenían la virtualidad de desquiciar el fallo de segunda instancia, pidiendo casar la sentencia y en su lugar, dejar en firme la absolución decretada por el juzgado de primer grado a favor de Jaime Humberto Uscátegui.

De igual forma, el Ministerio Público solicitó que la Corte redosificara la pena sobre las víctimas, de los delitos de homicidio y secuestro, realmente individualizadas. El Ministerio Público, también pidió a la Corte que declarara la nulidad parcial de la sentencia por indeterminación del objeto material de los hechos delictivos, pues no fueron individualizadas todas las víctimas.

Finalmente, la Procuraduría General de la Nación instó a la Corte Suprema de Justicia para que, en el evento que se decida mantener en firme la sentencia condenatoria, precise que el general (r) Uscátegui cometió el delito a título de autor por omisión impropia o comisión por omisión, y no como coautor impropio por acción.

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