Boletín 598

Procuraduría General de la Nación solicitó que se declare exequible norma que permite a abogados que se desempeñen como profesores de universidades oficiales a ejercer la profesión de la abogacía

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• Corte Constitucional estudia demanda contra un aparte de la Ley 1123 de 2007, por la cual se establece el Código Disciplinario del Abogado.

• Para el Ministerio Público, la norma pretende que los profesores de derecho de cualquier institución de enseñanza superior de carácter oficial puedan obtener recursos económicos suficientes para lograr una supervivencia digna, y que quienes dictan cátedra la alimenten y enriquezcan con el ejercicio de la profesión.

 

La Procuraduría General de la Nación le solicitó a la Corte Constitucional declarar exequible la norma según la cual los abogados titulados e inscritos que se desempeñen como profesores de universidades oficiales pueden ejercer la profesión de la abogacía, siempre que su ejercicio no interfiera las funciones como docente.

El alto tribunal estudia una demanda contra un aparte del artículo 29 del Código Disciplinario del Abogado (Ley 1123 de 2007), en donde se acusó una violación al derecho a la igualdad de los profesores de la instituciones técnicas profesionales, instituciones universitarias o escuelas tecnológicas de carácter estatal u oficial, por el hecho de que la norma se refiere expresamente a los abogados que ejercen como profesores de “universidades oficiales”.

Para el Ministerio Público la citada norma no pretendió privilegiar únicamente a los profesores de las universidades oficiales sino, por el contrario, que los profesores de derecho de cualquier institución de enseñanza superior de carácter oficial pudieran obtener los recursos económicos suficientes para lograr una supervivencia digna, y que quienes dictan ciertas cátedras, como las de derecho, alimenten y enriquezcan esa cátedra con el ejercicio de la profesión.

Sin embargo, para una mayor seguridad jurídica, la Procuraduría General de la Nación le solicitó a la Corte declarar la exequibilidad de la expresión “universidades oficiales”, bajo el entendido de que quienes pueden ejercer la profesión son aquellos abogados inscritos que se desempeñen como profesores en todas las instituciones mencionadas.

. . . .

Noticias Relacionadas

 
×