Boletín 101

Procuraduría General de la Nación y secretarías de Salud y Educación de Cundinamarca imparten directrices en materia de vacunación contra el sarampión y la rubeola en el departamento

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• Jornada de vacunación debe realizarse entre el 13 de febrero y el 19 de abril próximos.

La Procuraduría General de la Nación, a través de la Regional Cundinamarca, emitió de manera conjunta con las secretarías de Salud y Educación de Cundinamarca la Circular 005 de 2012, por medio de la cual se imparten directrices referentes a la garantía del derecho a la vacunación contra el sarampión y la rubeola en la población de 11 a 20 años de edad del departamento.

En la citada circular, dirigida a los alcaldes, personeros, secretarios de Salud, Desarrollo y Educación municipales, a los jefes de núcleo educativo, a los directores de instituciones educativas oficiales y privadas, a los coordinadores de los planes de intervenciones colectivas (PIC), a los gerentes de EPS subsidiadas y contributivas, así como a los gerentes de IPS públicas y privadas, se recuerda que debido a la presencia de seis casos importados de sarampión en la ciudad de Barranquilla y como parte de las estrategias para consolidar el plan de eliminación del sarampión y la rubeola en el país, se estableció la jornada de vacunación contra estas enfermedades en los niños, adolescentes y jóvenes de 11 a 20 años de edad, programada para el periodo comprendido entre el 13 de febrero y el 19 de abril de 2012.

La Procuraduría General de la Nación y las secretarías de Salud y Educación de Cundinamarca, recordaron que el Código de Infancia y Adolescencia (Ley 1098 de 2006) determina el derecho a la salud, y que en garantía de ese derecho se definió como lineamiento nacional y departamental la realización de la jornada de vacunación en 483.099 niños, adolescentes y jóvenes de 11 a 20 años de edad residentes en Cundinamarca, que se consideran susceptibles o en riesgo de presentar sarampión o rubeola.

A través de la Circular 005 se recuerda que las secretarías de salud, desarrollo y educación municipales, las IPS públicas y privadas, las EPS subsidiadas, contributivas y de regímenes especiales, deben dar cumplimiento al lineamiento nacional de esta jornada de vacunación y por tanto en el departamento de Cundinamarca no se deben exigir autorizaciones especiales para vacunar a esta población, ni restringir el acceso del personal de salud a las instituciones educativas.

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