Boletín 342

"Lo que debe prevalecer no es el vínculo jurídico entre hombre y mujer, sino el derecho del niño o niña a tener una familia"

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

  •  “Estamos poniendo en duda otras clases de familia que hoy existen en nuestra sociedad”
  • “La familia no nace de un concepto jurídico, nace de lazos de amor, unidad, respeto y solidaridad”. 
  • “Lo que está cuestionando el proyecto es la idoneidad de un hombre solo, una mujer sola y de parejas homoparentales para garantizar el ejercicio pleno de los derechos de nuestra infancia y adolescencia. Asunto que no se puede cuestionar”. 
La Procuraduría General de la Nación, a través de su Delegada para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la Adolescencia y la Familia, Sonia Téllez Beltrán, pidió archivo del proyecto de ley 01 de 2016 “por medio de la cual se convoca a un Referendo Constitucional y se somete a consideración del pueblo un proyecto de Reforma Constitucional por la cual se consagra la adopción de menores sólo por parejas conformadas entre hombre y mujer”.
 
En su intervención en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, Téllez Beltrán afirmó que con este proyecto se estaría “creando criterios sospechosos que rompen con el derecho a la igualdad” y agregó que “aquí lo que debe prevaler no es el vínculo jurídico que une a un hombre y una mujer, sino la posibilidad que va a tener el niño, niña o un adolescente de tener una familia”. 
 
Lamentó que el proyecto de Acto Legislativo señale que únicamente las familias conformadas por un hombre y una mujer pueden garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes y advirtió que este asunto “no está plenamente demostrado”.
 
“Lo que está cuestionando el proyecto es la idoneidad de un hombre solo, una mujer sola y de parejas homoparentales para garantizar el ejercicio pleno de los derechos de nuestra infancia y adolescencia. Asunto que no se puede decidir en las urnas”, manifestó.
 
La Procuradora Delegada aseguró que desde el Código del Menor y después el Código de Infancia siempre se ha dado la posibilidad de que la adopción pueda ser por una mujer soltera, un hombre soltero y ahora como lo ha dicho la Corte Constitucional, entre parejas del mismo sexo. 
 
Dijo que decirle a hombres o mujeres, solteros o viudos, que no pueden adoptar es “desconocer su opción de vida y el derecho que tienen de conformar una familia”. Señaló que “en el fondo el proyecto de Acto Legislativo está poniendo sobre el tapete la discusión de cuál es realmente el fundamento de una familia en un estado constitucional como el nuestro”.
 
Finalmente, señaló la responsabilidad que tiene la Cámara de Representantes y en general, el Congreso de la República de definir este tema y no dejar en manos de la Corte Constitucional esta tesis. 
 
“En un Estado constitucional de derecho todos los órganos están obligados a defender los principios y la supremacía de la Constitucional y que más que sea el Congreso y no la Corte la que tenga que definir realmente cuáles son los derechos de los niños, niñas y adolescentes”. 
 

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