Boletín 978

Procuraduría advirtió al gobernador de Nariño sobre presuntos actos de indebida participación en política

Fuente: PGN
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Continuando con la visita institucional de tipo preventivo que está realizando la Procuraduría General de la Nación en la ciudad de Pasto (Nariño), en cabeza de la presidenta de la Comisión Nacional de Control y Asuntos Electorales, María Eugenia Carreño Gómez, en la tarde de ayer se sostuvo una reunión con el gobernador de este departamento, Raúl Delgado Guerrero, para advertirle sobre el deber de ajustarse a las prohibiciones y restricciones que tienen los servidores públicos, contenidas en la Ley de Garantías Electorales. 

La representante del Ministerio Público dejó clara la preocupación de la Entidad por el alto número de quejas que en materia electoral se han presentado, resaltando que este fenómeno no es exclusivo del departamento de Nariño, sino que se han incrementado las denuncias por presuntos actos de participación en política en todo el territorio nacional, hecho que está siendo objeto de análisis y acompañamiento de la Procuraduría.

Adicionalmente, la procuradora delegada y presidente de dicha Comisión le solicitó respetuosamente al gobernador de Nariño abstenerse de autorizar el uso de bienes muebles e inmuebles de carácter público para fines proselitistas, con el fin de propender por la garantía de los principios de equidad, transparencia y legalidad, predicables de todo proceso electoral, en especial, del proceso en curso que pretende la elección de autoridades locales y departamentales para el período 2016 - 2019.

En el encuentro con el mandatario departamental se enfatizó sobre el deber de cumplir y hacer cumplir la Circular 004 del 6 de abril del presente año, expedida por el jefe del Ministerio Público, Alejandro Ordóñez Maldonado, mediante la cual se imparten instrucciones a los servidores públicos en materia de deberes, prohibiciones, régimen de inhabilidades e incompatibilidades y otros, con ocasión de las jornadas electorales de 2015 para Gobernaciones, Asambleas, Alcaldías, concejos municipales y distritales y juntas administradoras locales.

Vale la pena recordar que al respecto la Corte Constitucional, mediante Sentencia C-1153 de 2005, consideró que tales limitaciones "están claramente encaminadas a garantizar los principios de la función administrativa previstos en el artículo 209 de la Constitución, en particular la moralidad, la imparcialidad y la eficacia en el cumplimiento de las funciones".

Al finalizar el encuentro, el gobernador de Nariño agradeció la presencia de la comisión en su departamento y la labor preventiva que se está adelantando y aprovechó para solicitarle al ente de control que dicho propósito se extienda a las demás entidades públicas y privadas que manejan recursos públicos de esta ciudad, petición que fue acogida pos los miembros de la comisión.

La procuradora Carreño Gómez realizó su visita en compañía de la procuradora delegada Preventiva para la Función Pública, los procuradores regional y provincial, y un equipo de asesores de esta misma delegada, quienes adelantan trabajos de verificación a procesos contractuales durante el periodo enmarcado por la Ley de Garantías Electorales en el municipio y el departamento. 

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