Boletín 625

Procuraduría citó a audiencia pública a exdirector y exjefe administrativo del Área Metropolitana Centro Occidente en Pereira (Risaralda)

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

La Procuraduría General de la Nación citó a audiencia pública a los señores Carlos Elías Restrepo Ferro, en su condición de director del Área Metropolitana Centro Occidente, y Juan Guillermo Marín Román, en su condición de jefe administrativo de la misma empresa para la época de los hechos, el próximo viernes 5 de agosto, a partir de las 9 a.m., en la Procuraduría Regional de Risaralda.

El señor Restrepo Ferro, deberá responder ante el órgano disciplinador por haber incurrido, presuntamente, en “…violación manifiesta de reglas de obligatorio cumplimiento”, quebrantando el Artículo 44 de la Ley 734 de 2002, aparentemente, porque desconoció lo señalado por la resolución 418 del 13 de junio de 2011 al no salir a las vacaciones ya ordenadas, liquidadas y pagadas para su disfrute.

De igual manera, en la época en que debió estar en vacaciones, elaboró un acto administrativo, sin competencia para hacerlo, enviándose a una comisión a dos ciudades y ordenándose el pago de los respectivos viáticos. 

Por su parte el señor Juan Guillermo Marín Román desconoció lo ordenado por la  misma resolución al seguir incluyendo en la nómina al director en los días en que este debió salir a vacaciones y posiblemente se extralimitó en sus funciones al firmar un acto administrativo con el cual se autorizó una comisión a las ciudades de Bogotá y Barranquilla del señor Restrepo Ferro, autorizándole además el pago de los viáticos correspondientes. 

Con estas presuntas conductas, se violarían disposiciones constitucionales, legales y funcionales, todas ellas normas de obligatorio cumplimiento y se incurre en el régimen de las prohibiciones, pues se sabe que el actuar de los funcionarios públicos debe estar debidamente reglamentado o sustentado en actos administrativos que se respaldan con la normatividad vigente al momento de expedirlos.

La posible falta se calificó provisionalmente como grave cometida con culpa gravísima.

 

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