Boletín 998

Procuraduría conceptuó sobre el régimen disciplinario aplicable a trabajadores de empresas industriales y comerciales del Estado

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• Al responder los interrogantes planteados por el Concejo de Medellín, el Ministerio Público precisó que el concepto rendido sólo constituye un criterio auxiliar de interpretación y no tiene carácter vinculante.


Las personas que laboran en empresas industriales y comerciales del Estado son por regla general trabajadores oficiales, salvo quienes ocupan los cargos de dirección y confianza que tienen la condición de empleados públicos, y por consiguiente unos y otros son destinatarios del régimen disciplinario estatal.

Así lo manifestó la Procuraduría General de la Nación al resolver una consulta sobre el Régimen disciplinario aplicable a la empresa UNE EPM Telecomunicaciones S.A. formulada por el presidente del Concejo de Medellín (Antioquia), Bernardo Alejandro Guerra Hoyos, y los demás integrantes de esa corporación.

En su respuesta el Ministerio Público recordó que UNE EPM Telecomunicaciones S.A. es una sociedad anónima de carácter comercial y quedó constituida como una empresa 100 por ciento pública y es ante todo una filial de una empresa industrial y comercial del Estado (Empresas Públicas de Medellín E.S.P.).

El órgano de control advirtió que en desarrollo de la función consultiva no es posible resolver casos particulares o concretos por cuanto esta facultad corresponde a las autoridades competentes y por ello, su pronunciamiento solo se limitó a suministrar elementos de juicio generales que sirven para ilustrar este tema, “sin que ello se entienda como resolución”.

. . . .

Noticias Relacionadas

 
×