Boletín 873

Procuraduría confirmó destitución e inhabilidad por el término de 10 años a actual concejal de Necoclí (Antioquia)

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• El cabildante se inscribió, resultó electo y tomó posesión de su cargo a sabiendas de haber sido objeto de una condena de tipo penal que le generó una inhabilidad vitalicia.

 

La Procuraduría General de la Nación, a través de su Regional de Antioquia, confirmó la destitución e inhabilidad impuesta por el término de 10 años al señor Ronis José Gorgona Ramos, quien actualmente se desempeña como concejal del municipio de Necoclí (Antioquia).

El concejal inscribió  su nombre para ocupar una curul en el Concejo Municipal y resultó electo para el periodo 2012-2015 y tomó posesión del mismo a pesar de estar inhabilitado.

De acuerdo con la investigación disciplinaria adelantada por la Procuraduría Provincial de Apartadó, el disciplinado fue condenado en el año 2000 por el Tribunal Superior de Ibagué a la pena principal de 49 meses y 10 días, y a la accesoria de interdicción de derechos y funciones públicas por el mismo término, por el delito de hurto calificado y porte ilegal de armas de defensa personal, condena de tipo penal que inhabilita a un ciudadano colombiano para ocupar un cargo de elección popular, en este caso, el de concejal municipal.

El órgano de control  consideró que por respeto a sus futuros electores el señor Gorgona Ramos debió verificar antes de postularse al cargo de concejal si sobre él pesaba algún impedimento de tipo legal para participar en la contienda pública, máxime a sabiendas de haber sido objeto de una condena de tipo penal que le generó una inhabilidad de por vida para el desempeño de cargos de elección popular.

La falta cometida por el cabildante fue calificada por la Procuraduría como gravísima, cometida a título de culpa gravísima, por cuanto con su negligencia vulneró uno de los pilares fundamentales de la función administrativa del Estado, como lo es el principio de la moralidad.

Contra esta decisión de la Procuraduría Regional de Antioquia que confirma en todas sus partes el fallo proferido por la Procuraduría Provincial de Apartadó, no procede ningún recurso.

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