Boletín 811

Procuraduría confirmó en segunda instancia la destitución e inhabilidad por 10 años a exconcejal de Paipa (Boyacá)

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• El disciplinado se postuló, fue elegido y se posesionó como concejal estando inhabilitado por sentencia condenatoria de 40 meses.

 

La Procuraduría General de la Nación, en fallo de segunda instancia, destituyó e inhabilitó por 10 años al señor Miguel Armando Camargo Infante, en su condición de concejal del municipio de Paipa (Boyacá), por postularse y posesionarse estando inhabilitado por sentencia penal.

Se le reprochó al señor Camargo Infante haberse inscrito como candidato al Concejo Municipal de Paipa el 24 de julio de 2015, resultar electo el 28 de octubre de 2015, haber tomado posesión el 2 de enero de 2016 y ejercer el cargo hasta el 20 de junio, pese a existir en su contra una sentencia condenatoria por un delito doloso, proferida por el Juzgado Penal Municipal de Paipa, el cual le impuso una pena de 40 meses de prisión como autor responsable del delito de abuso de confianza calificado. 

Según la Procuraduría Regional de Boyacá la conducta mencionada es constitutiva de inhabilidad para acceder al cargo, de conformidad con lo señalado en el artículo 43 de la Ley 136 de 1994 relativa a que el señor Camargo Infante no se podía inscribir como candidato ni ser elegido concejal. 

La falta fue calificada como gravísima a título de culpa gravísima. 

La decisión se encuentra en firme y contra ella no procede ningún recurso por la vía gubernativa. 

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