Boletín 815

Procuraduría convocó a audiencia pública a exfuncionario del Hospital Psiquiátrico San Camilo de Bucaramanga (Santander)

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• Al parecer, estando incurso en causal de inhabilidad, el implicado celebró cuatro contratos de prestación de servicios con una entidad estatal.

• La audiencia se realizará a partir de las 8:00 a. m. de este martes 18 de agosto de 2015 en el auditorio de la Procuraduría Regional de Santander, ubicado en la calle 37 nro.12-08.

 

La Procuraduría General de la Nación convocó a audiencia pública al señor César Adolfo Vesga Ballesteros, almacenista para la época de los hechos de la Empresa Social del Estado  (ESE) Hospital Psiquiátrico San Camilo, ubicado en Bucaramanga (Santander), porque al parecer incumplió el régimen de inhabilidades, incompatibilidades, impedimentos y conflictos de intereses.

Durante la diligencia disciplinaria que se cumplirá este martes 18 de agosto a partir de las 8:00 a. m., el investigado deberá responder ante la Procuraduría Regional de Santander por, presuntamente, haber suscrito y ejecutado con el Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena) cuatro contratos con el objeto de prestar servicios profesionales como instructor.

A juicio de la Procuraduría, el sujeto disciplinable podría estar incurso en falta disciplinaria por haber vulnerado lo previsto en el artículo 127 de la Constitución Política que señala los servidores públicos “no podrán celebrar por sí o por interpuesta persona, o en representación de otro, contrato alguno con entidades públicas o con personas privadas que manejen o administren recursos públicos, salvo las excepciones legales” y también  la Ley 80 de 1993 que establece “son inhábiles para participar en licitaciones o concursos y para celebrar contratos con las entidades estatales”. 

Por considerar que el señor Vesga Ballesteros actuó con libertad para obrar y con suficiente conocimiento de causa de que con su comportamiento podría estar incurso en causal de inhabilidad, el ente de control disciplinario adecuó provisionalmente su conducta a una falta de carácter gravísima cometida a título de culpa gravísima. 

En este caso la Procuraduría reprochó al exfuncionario, presuntamente, el haber afectado los deberes funcionales y haber vulnerado, entre otros principios, el de moralidad administrativa. 

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