Boletín 165

Procuraduría decretó prescripción disciplinaria dentro del proceso adelantado contra exgerente de Acueducto y Alcantarillado de Popayán (Cauca)

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

 Por extinción de la acción disciplinaria, la Procuraduría General de la Nación declaró la cesación de todo procedimiento disciplinario en contra del señor Guillermo José Ospina, en su condición de gerente de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Popayán para la época de los hechos y en consecuencia el archivo de las diligencias radicadas bajo el IUS 2009-35523, dado que transcurrieron más de cinco años desde el momento de la comisión de la falta que se le endilgaba.

Al señor Ospina López se le atribuía la comisión de dos conductas, la primera de ellas relacionada con el posible manejo e inversión irregular de recursos públicos que habían sido trasladados por parte de la Alcaldía de Popayán al Acueducto con destino a la adquisición de tuberías y accesorios para el Acueducto Interveredal del Noroccidente - Río Palacé del citado municipio, en la cartera colectiva del Fondo Olimpia de Valores perteneciente a la firma Banca e Inversión S. A., la cual no estaba sometida a inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia, de lo que se infirió que la inversión de los recursos públicos no se hizo en condiciones que garantizaran liquidez y seguridad.

La segunda falta endilgada al exfuncionario estaba relacionada con el presunto incremento injustificado del patrimonio de Banca e Inversión S.A., empresa que, al parecer se quedó con parte de los recursos que fueron depositados por la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Popayán, teniendo en cuenta que hubo una diferencia entre el valor invertido y lo consignado, por una suma superior a 300 millones de pesos.

En el fallo de primera instancia proferido por la Procuraduría Provincial de Popayán se le había declarado disciplinariamente responsable al investigado y como sanción se le había impuesto una multa que ascendía a $606.401.472,05 e inhabilidad para ejercer empleo público, función pública, prestar servicios a cargos del Estado o contratar con este por diez años, teniendo en cuenta su pertenencia al nivel directivo y la trascendencia de su actuar frente a la comunidad afectada.

Dentro del término legal el investigado interpuso recurso de apelación que fue tramitado por la Procuraduría Regional del Valle del Cauca, la cual decretó la nulidad de todo lo actuado a partir del auto de formulación de cargos, mediante providencia de fecha 9 de mayo de 2012.

Posteriormente, mediante auto del 26 de mayo de 2014, la Procuraduría Provincial de Popayán decretó la prescripción de la acción disciplinaria en favor del señor Guillermo José Ospina López, en su condición de gerente de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Popayán, al momento de los acontecimientos.

 

 

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